La norma, ratificada por el Congreso el 20 de marzo, incorpora otras novedades, como la posibilidad de cortar una carretera o tramo por causas medioambientales, por ejemplo, de contaminación; o la capacidad de inmovilizar un vehículo si circula con niños sin sistema de retención infantil, que será obligatorio para todos los menores que no superen 1,35 metros de altura.
Igualmente, en los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo, mientras que se amplía a 20 días el periodo voluntario para pagar multas o realizar alegaciones aunque renunciando con ello a la presentación de recursos.
Además, el texto abre la puerta a elevar en algunos tramos de autovías y autopistas el límite de velocidad hasta los 130 kilómetros hora y reducir en 10 por hora la máxima en carreteras secundarias. No obstante, no concreta cómo se hará, será el Reglamento General de Circulación posterior, que tiene previsto aprobarse en el mes de junio, quien deba dar forma a estos preceptos.
Durante la tramitación parlamentaria, también se acordó que los vehículos prioritarios usarán una señal luminosa azul, aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el Reglamento General de Circulación. Esta normativa establece también que deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.
MULTAS A INFRACTORES EXTRANJEROS DURANTE UN AÑO
Por último, esta norma permitirá a la Dirección General de Tráfico (DGT) solicitar a sus organismos homólogos información sobre conductores para poderles remitir a sus países las multas. Con esta iniciativa se pretende 'cercar' a los infractores extranjeros que eluden las multas de tráfico españolas. Del mismo modo que los países de la Unión Europea podrán hacer con los conductores españoles que cometan infracciones en sus territorios.
Sin embargo, esta norma sólo podrá cumplirse durante un año, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya anulado una directiva al respecto porque, denuncia, se ha utilizado como base jurídica el intercambio de información como colaboración policial y no la seguridad vial.
Este texto ya debía haberse puesto ya en marcha en todos los países, que debía adaptar su normativa nacional, en noviembre de 2013. Sin embargo, sólo Francia había cumplido. A pesar de ello, el TJUE ha dado un plazo de un año para que los Estados miembros puedan adoptar una nueva normativa.
El presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, ha explicado a Europa Press que, ahora, la UE tendrá que aprobar una nueva directiva y, mientras, España tiene como alternativa «celebrar convenios bilaterales, con cada uno de los países miembros para mantener el intercambio de información».
5 comentarios
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Y para ello 1000 agentes de la policía municipal patrullaran las calles de Palma... Jajajaja Como patrullan para evitar las cacas de los perros en las aceras, los manteros vendiendo a sus anchas, los trileros engañando a los turistas, las prostitutas haciendo de rateras, las mafias de pedigüeños pidiendo en las calles del centro y supermercados, los que venden droga junto a los colegios, los ciclistas que teniendo un carril bici van por las aceras. Hacen leyes los partidos políticos para demostrar que trabajan, pero son papel mojado. Como lo de la escuela pública de calidad: que es cara y mala.
Es una forma de protegerlos y a la vez otra chapuza administrativa. Si estos jóvenes no ven a sus mayores con casco. ¿Qué ejemplo es este? Repetiré hasta la saciedad esta, una evidencia más que estamos gobernados por un montón de teóricos imprácticos que de mandar saben la pera, de saber hacer lo que mandan; ni pu..ta idea.
Aquì lo què fà falta es un poc mès de cinisma, perquè no m'hos porem sufrir uns amb els altres.Si tot-hom complis escrupulos-sament les normas de circulaciò i convivencì tot anirìa molt millor.
A los conductores extranjeros,lo suyo es inmovilizar el coche en cuanto haga una infracción. Y hasta que no pague la multa,el coche no se mueve. Si es de alquiler,pues que se ponga en contacto el extrabjero con la cia. de alquiler y que ellos ya la paguen y se encarguen de cobrarles la multa a su cliente.
Y PARA EL RESTO A CUMPLIR LAS NORMAS DE CIRCULACION DE CUALQUIER OTRO VEHICULO, COCHE O MOTO, SE SALTAN OLIMPICAMENTE TODOS LOS SEMAFOROS Y CIRCULAN EN DIRECCION CONTRARIA, O SEA QUE COMO SEAS UN CONDUCTOR NORMALITO DE COCHE O MOTO Y TE ENCUENTRAS UN ENERGUMENO EN DIRECCION CONTRARIA Y TIENES LA MALA SUERTE DE ATROPELLARLO, ZAS!!!! YA TIENES BILLETE PORQUE ADEMAS DE LOS DAÑOS FISICOS QUE VA A SUFRIR Y NO DESEO MAL A NADIE, DESPUES VENDRAN MULTAS, DENUNCIAS DE LOS ECOLOGISTAS, MASA CIVICA, ETC. Y NO HABLEMOS DE CUANDO ESTOS MISMOS CICLISTAS CIRCULAN POR LAS ACERAS Y LOS POBRES PEATONES ESTAMOS TOTALMENTE INDEFENSOS. ESTO SI QUE REALMENTE NOS PREOCUPA NO QUE LLEVEN CASCO O NO PORQUE BASTA VER LA FOTO QUE ILUSTRA LA NOTICIA, CIRCULA FUERA DEL CARRIL BICI QUE TIENE A DOS PASOS Y SIN MANOS, CONCLUSION O TIENEN MUY MALA LECHE O SON TODOS UNOS LIMITADITOS.