EFE|PALMA|R. C.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha anulado el acuerdo del Pleno del Consell Insular de Eivissa y Formentera de 22 de diciembre de 2000, por el que declaraba como Bien de Interés Cultural (BIC), con categoría de monumento, el Teatro Pereyra.

Según una sentencia a la que tuvo acceso ayer EFE, el TSJB estima el recurso presentado por la empresa Pitiusa de Desarrollo S.A. en contra de ese acuerdo y revoca, al mismo tiempo, una sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Palma. La empresa alegó en el pleito que la primera sentencia «estaría insuficientemente motivada», y que el procedimiento «había caducado por haberse iniciado no en abril de 2000, sino el 9 de octubre de 1998», argumentos contrarios a los esgrimidos por los servicios jurídicos del Consell Insular pitiuso.

Los magistrados recuerdan que una sentencia del 26 de septiembre de 2003 ya anuló el acuerdo en cuestión y reconoció el derecho a la cancelación de la inscripción registral. Añaden, tras analizar el contenido del expediente una vez incoado, que «se limita a la audiencia de interesados», que «ni se razona (en el expediente ni en la propia declaración de BIC) la clasificación de «monumento» frente a la de «Lugar de Interés Etnológico» propuesta en el informe preliminar del Institut d'Estudis Eivissencs».

La sentencia del TSJB concluye que «estimamos» el recurso contra el acuerdo del pleno del Consell del 22 de diciembre del 2000 y reitera «que ya fue anulado por la sentencia del 26 de septiembre de 2003».