En el caso del Bizum, una vez se haya elegido esta opción, el contribuyente que esté adherido en su entidad bancaria introducirá el número de móvil y se abrirá la pasarela de pagos del banco para aceptarlo y autorizarlo. Una vez hecho, se podrá acceder y descargar el justificante correspondiente.
En cuanto a los tributos autonómicos, a través del portal web de la ATIB en 2022 se generaron un total de 580.123 modelos, de los cuales 499.809 fueron por un importe inferior a 1.500 euros (un 86 por ciento).
En 2023, desde el 1 de enero, se han hecho 348.088 modelos, de los que 303.139 han sido por un importe inferior a 1.500 euros (87 por ciento). Por ejemplo, en cuanto al impuesto correspondiente a transmisión de vehículos y otros medios de transporte, en 2022 se pagaron 57.748 autoliquidaciones de menos de 1.500 euros y, desde el 1 de enero de este año, 35.881.
De tasas autonómicas de las consellerias y organismos de la Administración de las Islas, en 2022 fueron 246.493 y, desde el 1 de enero de 2023, hasta 148.970. Con relación a los tributos y otros recursos municipales, la recaudación de los cuales corresponde a la ATIB, se podrían pagar por Bizum un total aproximado de dos millones de recibos.
El pago por Bizum está actualmente implementado para dispositivos móviles, para pagar a través de la aplicación de la ATIB (disponible a las plataformas oficiales de descarga App Store y Google Play para dispositivos que utilizan los sistemas operativos IOS y Android, respectivamente) únicamente los tributos locales y las tasas autonómicas de todas las consellerias. Ahora, se le añaden todos los tributos autonómicos, como la transmisión de vehículos y la ecotasa en el caso de viviendas vacacionales.
También se ha puesto en funcionamiento en la sede electrónica de la ATIB un nuevo módulo que permite a los interesados acceder a la información de sus bienes inmuebles y vehículos en Baleares.
A través de este módulo, se pueden consultar, entre otros datos, el valor de referencia de los bienes inmuebles. Este está determinado, en su caso, por el catastro, que tiene la consideración de base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados, y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En el supuesto de que corresponda a la ATIB la recaudación de los tributos municipales de cobro periódico (recibos), relacionados con los bienes inmuebles y/o vehículos, también se puede acceder a la información de los recibos. Para acceder a este módulo es necesario identificarse previamente, ya sea a través del código de contribuyente de la ATIB o con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
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