Según ha explicado la Conselleria de Movilidad y Vivienda, en la lista de las viviendas que se tienen que ocupar de manera urgente figuran un total de 33.
Sin embargo, de estos hay siete en proceso de compra por parte del Ibavi y serán excluidos al formalizarse la escritura en los próximos días, por lo que, en la práctica, la ocupación afectará a 26 viviendas. En total, se ha acordado adquirir diez viviendas incluidas en este expediente, tres de las cuales ya están en manos del Ibavi.
La cesión de uso de estas viviendas vacías de los grandes tenedores, incluidos en el Registro de viviendas desocupadas, está prevista en la Ley de vivienda de Baleares y el procedimiento para llevarla a cabo es el que establece la ley de expropiación forzosa estatal, que permite el empleo con carácter de urgencia si ésta se justifica.
En este caso se considera que procede la urgencia de la ocupación de las viviendas para disponer lo antes posible de los inmuebles para atender situaciones de necesidades residenciales urgentes.
En este sentido, se explica que la incidencia de la pandemia se ha traducido en un crecimiento de las dificultades económicas y sociales preexistentes en el acceso a la vivienda.
La ocupación urgente acordada permitirá que en el plazo de un mes se puedan organizar ya las citaciones de los grandes tenedores para la visita de las viviendas y la formalización de la cesión obligatoria temporal.
En el momento de la formalización de la entrega de la vivienda, el Govern pagará el precio que se considera adecuado como indemnización por la expropiación de uso durante siete años y que es el que figura en la resolución de 2 de marzo de 2021.
Se abonará el importe por siete años en un único pago. En caso de discrepancias respecto del precio, resolverá el Jurado de Cesión de Viviendas Desempleados y el importe de la indemnización quedará depositado.
El cálculo es que la media de indemnización que se pagará a los grandes tenedores será de 391 euros mensuales, una media de 32.844 euros por el total de los siete años para cada inmueble, aunque el precio varía para cada uno.
El Govern, aunque los grandes tenedores puedan estar en desacuerdo con el precio, entiende que el procedimiento de ocupación urgente puede seguir adelante, dado que no se causa ningún perjuicio, porque simplemente se ajustaría posteriormente el precio.
De hecho, esperar a tener el precio que marque el Jurado para tomar posesión de las viviendas supondría que unas viviendas que ya hace más de dos años que están vacías continuarían cerradas sin cumplir su función social y los ciudadanos que tienen la necesidad de vivienda --y deberían acceder-- no las tendrían a su disposición, aunque el Govern ya haya acordado su cesión obligatoria, en cumplimiento de la Ley de vivienda de Baleares.
Las 33 viviendas respecto de las que se acuerda la ocupación urgente están ubicadas en Mallorca (19), en Ibiza (6) y en Menorca (8). De estos inmuebles hay siete que se adquirirán y que, por tanto, saldrán de la lista (4 de Menorca y 3 de Mallorca).
Contra el acuerdo aprobado se puede interponer un recurso de reposición ante el Consell de Govern en el plazo de un mes y un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses.
Por ahora, el TSJIB ha rechazado las medidas cautelares de paralización del procedimiento que han instado a los grandes tenedores y ha resuelto que este continúe.
3 comentarios
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Se han ganado con creces otro 36, no hay otra salida. Ya somos una república bananera bolivariana y de esta no nos salva más que una gran limpieza
Venezuela….exprópiense!!!!!!! Señores no paguemos impuestos y que esta banda se coman sus propios muñones
Y porque no ceden las viviendas los vividores que fomentan atracar a los propietarios o tal vez prefieren que se las okupen.No a ellos no se las okupan,por desgracia. Pagamos a unos inùtiles incapaces de solucionar el problema con la creacion de vivienda oficial publica