El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) da la razón a la plataforma de alojamiento colaborativo Airbnb y anula la multa que le impuso el Govern en 2018, por comercializar pisos turísticos no inscritos en la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme. El TSJB argumenta que la actividad de Airbnb está amparada por una directiva comunitaria, la cual choca con la regulación autonómica de insertar el número de inscripción en el registro de la Conselleria de Turisme.
El Govern modificó en julio de 2017 la Ley General Turística para endurecer el control de la oferta de alojamiento turística ilegal. En dicha norma se reguló que la publicidad, por cualquier medio de difusión, de la comercialización de estancias turísticas en viviendas «debe incorporar el número de inscripción turística de la vivienda».
La Conselleria de Turisme detectó el 28 de noviembre de 2017 que Airbnb estaba comercializando pisos turísticos sin estar inscritos en el citado registro, por lo que le dio 15 días de plazo a la plataforma para que retirara los anuncios. En febrero de 2018, los inspectores de Turisme detectan que Airbnb sigue incumpliendo la normativa turística y es entonces cuando se inicia un proceso sancionador, en el que se le imputa a Airbnb la comisión de una infracción muy grave en materia turística. La plataforma inició toda una serie de actuaciones legales, pero la Conselleria d'Innovació, Recerca i Turisme le impuso al final una sanción de 300.000 euros.
La plataforma interpuso un recurso de reposición contra la misma, pero al ser desestimada le obligó a ir la vía judicial para evitar el pago de la multa, que ha culminado con la sentencia del TSJB, con fecha de 29 de abril de 2020.
En la sentencia se explica que al ser de aplicación el artículo 15 de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo, relativa al comercio electrónico en el mercado interior, «las capturas de pantalla no pueden servir como prueba de cargo que desvirtúen el principio de presunción de inocencia o de no responsabilidad administrativa».
De acuerdo con esta norma comunitaria, se especifica en la sentencia del TSJB que no puede imponer a a Airbnb la obligación de efectuar una revisión exhaustiva y detallada de toda la publicidad que los anfitriones publican en la web. «Por tanto, de dicho precepto se deriva que la obligación de insertar el número está dirigida a la empresa turística que la oferte, no a la empresa titular del medio en el que publicita la oferta». El TSJB añade que Airbnb queda protegida por las exenciones de responsabilid previstas en la Directiva 2000/31/CE.
El auto judicial especifica que la sanción del Govern vulneraría el objeto de la citada directiva comunitaria «al colisionar el derecho de la UE y el derecho nacional», primando la norma comunitaria sobre la esopañola. El TSJB declara nula la sanción de la CAIB. El Govern anuncia que presentará un recurso de casación contra la sentencia del TSJB.
9 comentarios
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Vaya Pedro, ¿ s echarías todos de nuestras casas en Cala de Bou por debajo de la Avenida ?. ¿ Y dónde voy a vivir con mi familia, en zona rústica sin permiso de obra ? ¿ Y derribar la midad de Sa Vila ? España es socio de la UE, Baleares tambíen, recaudando un mónton de ayudas. Pués si no te gusta los arreglos de la EU, promover la salida de la EU, funciona, los britanicos lo han enseñado como hacerlo.
Es decir, que hasta que la UE no regule el arrendamiento turistico, cualquier norma local, en principio, es ilegal ya que cada uno puede hacer lo que quiera, desde el punto de vista de alquiler, con su casa... pues que Europa regule, oiga, que en Ibiza necesitamos menos pisos, menos fiesta, menos turistas fiesteros y menos habitaciones de hoteles cutres. Turismo de familia, deportivo, moderado, que de de comer a todos. No solo a unos. PS. Como me gustaría demoler todas las edificaciones a menos de 400 metros de la costa, menuda isla tendriamos!!
Era algo normal que la justicia fallase en contra de la Conselleria.En relación a este tema no me cabe duda de que los políticos y especialmente el PP en Ibiza no son mas que marionetas o correveidiles del lobby hotelero.Y el discurso social inventado por un sector de la izquierda les viene muy bien.El gran problema de esto es que utilizan el dinero público para satisfacer intereses particulares.Lo primero que debería el/la conseller es dimitir pero no l harán y ya verán como lejos de eso se reafirmarán en sus políticas y dirán que es una mala noticia para los residentes de ibiza o chorrada parecida .En fin vergonzoso
¿ Y el Govern, antes de gastar dinero público arrancando expedientes, no puede estudiar y valorar la situación juridica, no tienen avogados superpagados que pueden aconsejar ? Era más que previsible. Además, como piensan realizar la execución de la sanción, AIRBNB tiene su sede en Irlanda y no tiene ningún bien en España para embargar. Yo no me meto en un lio sin saber que saldra favorable. Son unos ignorantes incompetentes.
Buenas noticias justuciero Airbenebe se va de rositas y el dueño del piso a pagar multazo, jeje,
Justiciero: Que AIRBNB se salva, pero el que no el anuncio no.
Buena noticia, voy a poder seguir publicando mi alquiler turístico en airbnb, y al que no le guste mala suerte y animo a todos los que tienen alquiler turístico vacacional que publiquen su oferta porque este verano será lo poco que nos salve de ésta crisis y de todas formas el consell no hace ni quiere hacer nada por evitarlo. Un saludo.
Es increïble y hasta vergonzoso que protejan a este tipo de compañías que no crean empleo, se aprovechan de un uso especulador y explotador de algo tan sensible como es la vivienda y encima contribuyen a la masificación turística sin control. Una vez más, decepcionante el papel de los burócratas europeos.
Si la crisis del coronavirus se lleva de por medio a esta empresa y al problema del alquiler turistico, seria algo muy positivo para todos.