El mismo año en el que nació la niña, 2016, llevaron a cabo los trámites para casarse en el Registro Civil de Palma. El juzgado tramitó el expediente y dictó el auto en el que establecía que los dos tenían capacidad legal para contraer matrimonio. Eso ocurrió el 4 de noviembre y se citó a los contrayentes para el 10 de febrero de 2017 para celebrar la boda. El novio murió el 16 de enero.
La mujer solicitó a la Seguridad Social poder cobrar una pensión de viudedad. La administración se lo denegó por considerar que no cumplía los requisitos legales. En los juzgados tampoco se ha atendido la petición. El TSJB confirma una sentencia de un juzgado de lo Social. Valora que la legislación civil da plenos efectos al matrimonio desde el momento en el que se celebra y se inscribe en el Registro Civil y que, para ello, es necesario que exista un consentimiento expreso de los contrayentes y ese requisito tiene lugar en la celebración del matrimonio. El auto previo, que sí tenía esta pareja, sólo acredita «la comprobación de que concurren en las partes los requisitos necesarios de capacidad para contraer matrimonio».
La sentencia insiste en la exigencia de que ese «consentimiento conste de modo indubitado y público» algo que «requiere la trascendencia que el matrimonio tiene para los contrayentes, su posible descendencia y la sociedad toda». Así, se rechaza la pensión de viudedad que había solicitado la novia.
Legislación
Una vez celebrado el matrimonio, el derecho a una pensión de viudedad es prácticamente instantáneo. En el caso de parejas de hecho se exige una convivencia previa de dos años y la inscripción en el registro oficial. En el caso de esta pareja no constaba tampoco ese trámite por lo que la mujer no accede a la pensión. Sí que tiene derecho la hija que tenían en común a una prestación de orfandad. Los dos miembros de la pareja habían casi completado los trámites para regularizar su situación pero la sentencia del TSJB entiende que faltaba la celebración en la que se da el consentimiento expreso y de forma pública.
19 comentarios
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Que hubiera dicho que no tenia papeles y no habría tenido ningún problema en cobrar algo, porque esto ahora funciona así,
Es increíble como la gente opina sin tener idea absolutamente de nada, mi cuñada y mi hermano ya habían firmado el primer trámite para casarse y le dieron fecha, y por desgracia no pudo llegar ese día, pido respeto y que se lean bien las noticias, y ojalá estas cosas cambien porque son injustas Firmado la hermana
@CharlesBronson: me refería,a casarse legalmente, nada más. Y si no estás casado no pueden darte viudedad aunque te falte un día igual que no te darán jubilación o desempleo. No siempre los tiros van por la vía religiosa ..como Dios manda es una expresión nuestra (al menos de momento...).
A mí me han denegado la jubilación por faltarme siete días para cumplir la edad reglamentaria. ¿Debo considerarlo una injusticia?
"Zapateradas, marianadas y pedradas" deja de decir sandeces, que tu racismo huele hasta aquí. En España la poligamia no está legislada. Hoy en día muchas personas no quieren casarse porque dicen que no necesitan ningún papel o lo van demorando, y luego pasa... lo que pasa.. No me cansaré de decirlo, hay que regularizar la situación con tu pareja, mirar bien qué queréis: si haceros pareja de hecho o bien ya matrimonio, además si hay niños por medio. Me sabe muy mal la situación, y no sé exactamente qué pasó. Ahora bien, es normal que no le den la pensión porque oficialmente no estaban casados. Una pena porque el dinero de esa pensión de viudedad le vendría muy bien para mantener al hijo/a que tuvieron en común :( Regularizar la situación con vuestra pareja, por favorrrrr, no es la primera vez que oigo historias así.
no matrimonio no pensión.Logico
alunizado ¿Cómo lo sabes? Si era joven y no había cotizado 15 años, a la hija tampoco le toca nada, lo sé por experiencia. Es una mierda de sistema. Te quedas joven, viudo/a, con hijos a tu cargo y lo único que te piden es que pagues pagues pagues.
Se ve que hay mucha gente que chupa del bote, y sin dar nada a cambio y les parece bien que otros salgan perjudicados. Si no, no se entenderían los negativos a mi anterior cpmentario. Pero créanme si les digp que los asesores sólo sirven para gastar inutilmente el dinero público,y algunas veces para dejar en ridículo a los cargos a lps que en teoría asesoran
K3, que es exactamente "casarse como dios manda"?? Supongo que te refieres a la iglesia, pero estas también te dan una fecha, con lo que no arreglamos nada
Esto no va de hombres ni de mujeres. Esto va de que nos roban el dinerode nuestras cotizaciones. E igualmente, personas que han cotizado, pero que no lo han hecho durante treinta y cinco años (aunque hubieran cotizado treinta y cuatro años y once meses) o porque la incompetente empresa que hace las vidas laborales haya borrado años en las cotizaciones, como continuamente hacen, y ya no se conserven las nóminas, se quedan sin pensión. Si quieren.ahorrar, lo suyo sería que no tuvieran asesores ni cargos políticos, y que confíaran en los funcionarios, que saben más porque es du trabajo,y se ahorrarán el dinero suficiente para pagar a los trabajadores ya sus familiares, en caso de fallecimiento.