Por comunidades autónomas, el estudio indica que la reducción de las separaciones, especialmente de las consensuadas, se ha dado en todos los Tribunales Superiores de Justicia, mientras que en paralelo han aumentado los divorcios.
Además, se han observado diferencias de comportamiento de las distintas regiones ya que Canarias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Asturias, Baleares y Andalucía presentan en todos los años los mayores números de demandas por 100.000 habitantes, mientras que en el extremo opuesto están Castilla y León y Extremadura
En España, el número de separaciones y divorcios se mantiene estable desde 2009, año en el que se produjeron 124.430 disoluciones, mientras que el pasado año 2016 la cifra de separaciones y divorcios se situó en 119.889.
Así, la investigación del órgano judicial hecha pública este viernes 24 de marzo apunta que, en lo que va de siglo y hasta el 31 de diciembre de 2016, se han producido en España un total de 2.068.063 disoluciones matrimoniales, de las que 1.621.394 fueron divorcios (967.865, de mutuo acuerdo) y 446.669, separaciones (297.226, consensuadas).
Las demandas de disolución matrimonial, contabilizando las de separación y divorcio, tanto de mutuo acuerdo como las no consensuadas, muestran un incremento continuo desde 1995, primer año respecto al que se dispone de datos en la Base de Datos de la Estadística Judicial, hasta el año 2006, en el que alcanzan un máximo de 155.474, observándose disminución en los tres años siguientes, estabilizándose en torno a las 125.000 hasta el año 2013, año en el que se produce un repunte hasta las 133.440.
En este sentido, el Consejo General del Poder Judicial ha explicado que, tras la entrada en vigor de la Ley 15/2005 por la que se modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio y que supuso la eliminación de los plazos previos, se produjo «un importante crecimiento de las demandas de disolución en los años 2005 y 2006».
«A partir de 2007 y hasta 2009, al desaparecer el impacto inicial de la nueva Ley y dejarse sentir los efectos de la crisis económica, el número de demandas de disolución matrimonial descendió», ha manifestado el CGPJ, al tiempo que precisa que desde 2009 se mantiene estabilizada la cifra de disoluciones matrimoniales.
Por otro lado, ha indicado que la evolución de las demandas de disolución matrimonial, que era creciente en los primeros años analizados, con predominio de las separaciones sobre los divorcios, y de las disoluciones consensuadas sobre las no consensuadas, sufrió «un importante cambio» con la modificación del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil del año 2005, que unificó los requisitos exigidos para la concesión del divorcio, igualándolos a los de la separación, lo que de hecho permitió la disolución del matrimonio por divorcio directamente sin pasar por la fase de separación.
Según ha concluido el CGPJ, los datos reflejan que a partir de ese momento el número de separaciones cayó a la cuarta parte y el de divorcios se triplicó, de tal manera que si en el año 2004, el anterior a la reforma, la proporción era de un 38,98% de divorcios y un 61,02% de separaciones, en los últimos años los divorcios representan ya casi un 95% del total de disoluciones matrimoniales.
La investigación destaca también que la crisis económica también ha dejado sentir su efecto en las modificaciones de medidas matrimoniales, que entre 2006 y 2016 se han triplicado, con incrementos en todos los años, tanto en las disoluciones consensuadas como en las contenciosas. En 2016, se produjeron 44.231 modificaciones de medidas, mientras que en el año 2006 la cifra había sido de 13.145.
Asimismo, para los hijos menores no matrimoniales, también se ha observado un importante incremento de las medidas de guarda, custodia o prestación de alimentos, como lo corrobora el dato de las 46.623 medidas adoptadas en 2016 frente a las 16.122 del año 2006.
Como señala el informe, otra novedad de la ley del año 2005 fue la posibilidad de que los cónyuges acudieran a la vía de la mediación familiar para tratar de conseguir una solución de los temas controvertidos, reservándose la intervención judicial para el caso de que no fuera posible el acuerdo o bien que el contenido del mismo fuera lesivo para los intereses de los hijos menores o discapacitados.
Finalmente, el número de demandas derivadas a mediación ha ido incrementándose anualmente. En 2009, se derivaron 1.642 mientras que el pasado año la cifra fue de 7.336. Además, en 2016, 4.160 de las demandas derivadas a mediación finalizaron mediante este procedimiento, un 20 por ciento de ellas con avenencia de las partes.
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