La magistrada ha presentado un escrito ante la sección primera Audiencia de Palma comunicando esa circunstancia, al ser un deber jurídico recogido en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), para que dicha sala resuelva si se da una situación que queda abarcada por las causas legales de la abstención.
Si la Audiencia de Palma considera que la jueza Moyà incurre en causa de abstención, la tendrá por formulada y decidirá al respecto.
La magistrada detalla en su escrito que mantiene una relación de concuñados con el abogado Juan Piña (que defiende al ex director general de Deportes, José Luis «Pepote» Ballester), casado con la hermana de su marido.
Moyà señala que dicha circunstancia le suscita la duda de si «concurre estrictamente» un supuesto de abstención de los previstos en el artículo 219 de la LOPJ, porque «la afinidad de la afinidad no ha sido tradicionalmente considerada como parentesco en el ámbito del derecho privado».
Recuerda que la ley la obliga a abstenerse del conocimiento del asunto sin esperar a ser recusada cuando concurra alguna de las circunstancias previstas y plantea la duda de si ocurre en su caso.
Si la Audiencia de Palma considera que sí concurre motivo de abstención, otro magistrado deberá reemplazar a Moyà.
La designación correspondería o bien a Rocío Martín o a Gemma Robles, las otras dos magistradas de la sección primera con posibilidad de completar el tribunal.
El caso Nóos fue asignado como ponente el pasado lunes por turno de reparto como causa de especial complejidad a la magistrada Samantha Romero Adán de la sección primera, tras el traslado del sumario desde el Juzgado de Instrucción número 3.
El magistrado Juan Pedro Yllanes presidirá el tribunal, la ponente, y por tanto encargada de redactar la sentencia, será Samantha Romero y el tribunal se completaba con Eleonor Moyà, aunque ahora queda en manos de la sección determinar si sustituye a esta última.
9 comentarios
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También podía hacerlo el abogado, pues la ley así lo contempla, no sé porqué lo ha hecho la Juez, en éstos casos lo normal es que sea el abogado quien de a conocer el vínculo a su cliente y presente el escrito al juzgado, a menos que el vínculo sea entre el juez con el procesado, lo cual no se da el caso.
Muy bien hecho por parte de la jueza. Ha procedido como marca la ley . Si todos fuesen igual de transparentes...otro gallo cantaria.
Tot es una màfia de merda.
Es de suponer, además, que esta señora es magistrada-juez de carrera, que ha superado las oposiciones, los día años de Escuela Judicial y cuatro años mínimo antes de ocupar la plaza en la Audiencia. Es de suponer que no sea suplente ni sustituta. ¿Alguien o UH puede corroborarlo? Porque es muy serio este juicio. Gracias.
Muy bien ....las cosas claras desde el pricipio.
Com ha de ser, i com hauria de ser sempre.
Olé por la jueza.
Dios los cría y la corrupción los junta
Simplemente hace lo que debe y lo que marca la ley. Si ella no plantea la cuestión, podría ser recusada por cualquiera de las partes.