La sentencia desestima así el recurso que el denunciado presentó contra la resolución del Juzgado, que lo consideró autor de un delito de abusos sexuales.
La sentencia que ahora se confirma en su integridad por la Audiencia recogió como hechos probados que estos se produjeron el 11 de julio de 2009, cuando el acusado se dirigió a la niña, que se hallaba junto a unos familiares en la puerta de su domicilio, y le pidió el número de teléfono de un primo de aquella, con el que tenía amistad.
Al entrar ella en la casa para anotarlo, el denunciado la siguió, «y le pidió en reiteradas ocasiones que le diese un beso, a lo que se negó, y entonces, aquel, guiado por el ánimo libidinoso, la asió el cuello y le dio un beso profundo, tras lo cual abandonó el lugar».
En su apelación ante la Audiencia Provincial, que no ha prosperado, el acusado alegó que se le había condenado en base exclusivamente a lo declarado por la menor, que consideró no era fiable.
Dice la Audiencia que en la denuncia no han existido móviles espurios que hubieran podido poner en duda la credibilidad de lo afirmado por la menor, que siempre ha mantenido la misma versión.
Por otra parte, la sala afirma que, en contra de lo apuntado por el apelante, el hecho de que se tardaran cuatro días en presentar denuncia por los hechos no supone que el contenido de la misma quede desvalorizado.
4 comentarios
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No se si me asusta más que por un tema de violencia sexual leve solo te caiga una multa o que te puedan condenar por un delito así sin ningún tipo de prueba. Ambas cosas me parecen barbaridades.
repugnante el acto y desde luego corta la sentencia. ese beso deberia de haber sido tratado como una violacion, si la niña no queria, es evidente de que fue forzada, no entiendo una simple multa.
Humanidad al carajo en 3, 2, 1, ...
Hasta un niño de cinco años escribe mejor que el redactor.