La sentencia no es firme y contra la misma se puede interporner un recurso de apelación en el plazo de diez días, una posibilidad que la acusación particular se plantea seriamente ya que, según subrayan, el Ministerio Fiscal también mantuvo durante todo el proceso que «existe un delito».
La Fiscalía y la acusación popular solicitaban para los dos acusados una pena de 7 años de inhabiltación especial para el empleo o cargo público, o alternativamente un año de prisión.
Los hechos juzgados ayer se remontan a junio de 2009. Según el relato, Manuel Vega y el entonces subdirector, Francisco López, ordenaron y ejecutaron la eliminación de un expediente disciplinario contra un interno al que se le había abierto un pliego de cargos «por haber agredido a otro preso».
Durante el juicio, celebrado en dos sesiones, los dos acusados mantuvieron su inocencia y la Abogacía del Estado, que ejercía la defensa, argumentó que los hechos arrancaban con la denuncia de unos hechos que «el funcionario que abrió el expediente informativo no pudo ver».
Según la sentencia, la conducta de los acusados «no reúne los requisitos establecidos para incardinarle en el tipo del delito de prevaricación administrativa». Además, indica que la anulación del expediente inicialmente incoado al interno no «fue contraria al procedimiento administrativo».
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