La sentencia estima en parte el recurso de la acusada y anula la pena de sesenta días de trabajos comunitarios que igualmente le fue impuesta por el delito de malos tratos familiares.
Respalda la Audiencia al Juzgado de lo Penal que, en marzo de 2015, declaró probado que la acusada, como no podía echar de la vivienda -ubicada en un barrio de Murcia- a su madre, por ser esta la usufructuaria de la misma, «comenzó a ponerle trabas para obligarla a marcharse, dirigiéndose a ella en términos humillantes, impidiéndole la entrada y salida libremente».
Además, añadía el Juzgado, «se negó incluso a darle una copia de las llaves y llegó a impedir que entrara en la vivienda la señora que atendía a su madre, la cual tenía que preparar a ésta la comida en su cercano domicilio y entregársela a través del balcón».
La sentencia añadía que el 17 de febrero de 2011 la acusada mantuvo una fuerte discusión con su madre, «llegando a cogerla del cuello y empujarla contra un sillón, aunque sin llegar a causarle lesión alguna».
Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia ha dictado una sentencia en la que confirma la pena impuesta por el delito contra la integridad moral, pero anula la relativa a los malos tratos familiares al considerar que los mismos se pueden considerar incluidos en aquel.
1 comentario
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increible adonde puede llegar la maldad ,si asu propia madre le ases estas barbaridades k no le aran aun desconosido,esta persona por no llamarla animal k es poco alo k se merese deberian de aserle pasar lo k a exo ,pero claro eso seria ponerse a su altura, asin k le caiga todo los dia uno por uno enserrada kien a hierro mata aierro ........ lo dejo hay