El Ministerio de Educación tendrá que hacerse cargo de la
indemnización que debe recibir María Antonia Castellón Venegas por
la muerte de su hijo de dos años en 1986 en el Centro de Educación
Especial de Can Cifre, confirmaron ayer desde la Sección Sexta de
la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo
(TS).
El Alto Tribunal condenó el pasado día 15 a la Administración a
indemnizar a la mujer con 60.000 euros que deben actualizarse con
el IPC desde 1886 a la actualidad, por lo que la cantidad podría
llegar a superar los 100.000 euros, en cualquier caso muy lejos de
los 300.000 euros que pretendía el abogado de Castellón
Venegas.
La sentencia del Tribunal Superior apunta directamente a la
«Administración» como sujeto de la indemnización, pero no aclara si
de ésta debe hacerse cargo el Ministerio de Educación o el Consell
Insular, que en Pleno de 24 de octubre de 1994 concluyó que a su
parecer el caso no lo merecía.
Ayer, desde este Tribunal aclararon que debe ser el Ministerio
de Educación, aunque todavía está abierto el plazo para que la
recurrente presente, en el caso de que ella o su abogado lo
consideren oportuno, algún tipo de reclamación relativa a la
cantidad de la indemnización. Por el otro lado, la contraparte, es
decir, la Administración, no tiene opción de recurrir la sentencia.
Casi dos décadas ha tardado la Justicia en dar la razón en sus
reclamaciones a Castellón Venegas. Todas las instancias previas
fallaron en contra de sus denuncias hasta que el pasado día 15 el
Supremo revocó las decisiones de la primera instancia, el
Ministerio de Educación, el Consell Insular y la Audiencia
Nacional.
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