El Ministerio de Educación tendrá que hacerse cargo de la indemnización que debe recibir María Antonia Castellón Venegas por la muerte de su hijo de dos años en 1986 en el Centro de Educación Especial de Can Cifre, confirmaron ayer desde la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS).

El Alto Tribunal condenó el pasado día 15 a la Administración a indemnizar a la mujer con 60.000 euros que deben actualizarse con el IPC desde 1886 a la actualidad, por lo que la cantidad podría llegar a superar los 100.000 euros, en cualquier caso muy lejos de los 300.000 euros que pretendía el abogado de Castellón Venegas.

La sentencia del Tribunal Superior apunta directamente a la «Administración» como sujeto de la indemnización, pero no aclara si de ésta debe hacerse cargo el Ministerio de Educación o el Consell Insular, que en Pleno de 24 de octubre de 1994 concluyó que a su parecer el caso no lo merecía.

Ayer, desde este Tribunal aclararon que debe ser el Ministerio de Educación, aunque todavía está abierto el plazo para que la recurrente presente, en el caso de que ella o su abogado lo consideren oportuno, algún tipo de reclamación relativa a la cantidad de la indemnización. Por el otro lado, la contraparte, es decir, la Administración, no tiene opción de recurrir la sentencia. Casi dos décadas ha tardado la Justicia en dar la razón en sus reclamaciones a Castellón Venegas. Todas las instancias previas fallaron en contra de sus denuncias hasta que el pasado día 15 el Supremo revocó las decisiones de la primera instancia, el Ministerio de Educación, el Consell Insular y la Audiencia Nacional.