Los jueces imponen penas más reducidas y aplican con más frecuencia
circunstancias atenuantes de la pena cuando el homicida es el
marido y la víctima su pareja que a la inversa, según un estudio
realizado por las abogadas barcelonesas Maria José Varela y Pilar
Ulibarrena. El estudio, que se centra en el análisis de 100
sentencias de toda España sobre homicidios y asesinatos consumados
e intentados, sostiene que los jueces aplicaron en un 57 por ciento
de los casos, la pena mínima establecida en el Código Penal para
cada uno de los delitos cuando el autor era el marido o pareja de
la víctima.
Por contra, cuando la autora del homicidio o asesinato fue la
mujer, los jueces aplicaron, en un 75 por ciento de los casos, la
pena en la mitad de su extensión y en el resto en su mitad
superior. De hecho, en el 50 por ciento de estos casos se aplicaron
circunstancias agravantes del delito. El estudio establece que
cuando el homicidio o asesinato se comete entre extraños, la
proporción de atenuantes aplicadas por los tribunales es semejante
a la que se establecen cuando la autora es la mujer de la
pareja.
De los casos estudiados, el 57 por ciento de las víctimas
convivía con el autor del homicidio y en muchos casos, los delitos
se produjeron después de que la víctima comunicara su intención de
separarse. En el estudio, sólo en uno de los homicidios cometidos
por mujer se apreció una eximente incompleta, que el Tribunal
Superior de Justicia de Catalunya denominó «síndrome de la mujer
maltratada», y que fundamentó en la violencia habitual que sufría
la víctima.
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