La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de apelación que en su día fue interpuesto contra una sentencia del juzgado de lo Penal número uno de Eivissa en el proceso que siguen varios demandantes contra la entidad Club Cala Vadella. En concreto, la nueva decisión judicial valora de distinta manera los hechos enjuiciados en el citado juzgado por la comisión de posibles delitos de estafa inmobiliaria y de simulación contractual de la que salieron absueltos las dos personas que para este caso tuvieron que sentarse en el banquillo.

La Audiencia revoca la sentencia dictada en Eivissa el 26 de septiembre y condena ahora a Olaf Stolt, administrador único de la citada entidad Club Cala Vadella, como «responsable de un delito de estafa impropia precedentemente definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres meses de arresto mayor», según dice la nueva decisión a la que ha tenido acceso este periódico.

Además, el tribunal establece que el acusado, por la vía de responsabilidad civil, abone a uno de los demandantes, como indemnización de perjuicios, la cantidad que se determine en periodo de ejecución de sentencia por «los perjuicios que se acrediten directamente derivados de la hipoteca de los cuatro apartamentos» de dicha persona.