La Audiencia Provincial ha resuelto el recurso que se presentó por el caso del choque de dos rápidos, accidente con heridos ocurrido en aguas de Eivissa en julio de 1991, elevando la calificación del único capitán que pudo ser juzgado a delito de imprudencia leve frente a la primera consideración de falta que realizó el juzgado de lo Penal tras dictar sentencia. Al capitán Antonio Asensio, que estaba al mando del «Rápido de Algeciras», se le ha impuesto una pena de un mes y un día de arresto mayor.

El referido capitán Asensio así como la compañía armadora del buque recurrieron dicha sentencia invocando la ausencia de negligencia y pidiendo la prescripción de los hechos por el tiempo transcurrido, así como el paso del expediente a la vía civil. La Audiencia no sólo rechaza estas alegaciones sino que además confirma las indemnizaciones -aumentando una de ellas- y acuerda que se devenguen los intereses desde la fecha del juicio. El abogado de los pasajeros heridos, Rafael Perera, ha mostrado siempre su desagrado por la lentitud de la actuación judicial, que tras diez años de espera ha motivado que se cobren indemnizaciones muy devaluadas.