El juzgado de instrucción número 3 de Barcelona ha decretado la
nulidad de las actuaciones judiciales practicadas por la muerte en
1995 por imprudencia laboral de un albañil ibicenco cuando
trabajaba en una obra en Sitges a causa de la falta de medidas de
seguridad y por la que está acusado el constructor. En el juicio,
que debía celebrarse ayer, el titular del juzgado, Santiago Vidal,
ha aceptó una petición presentada por la acusación particular, a la
que se han adherido la defensa y la fiscal, para que sea declarado
como responsable civil subsidiario el propietario de la obra en
construcción.
El juez decretó la devolución de las actuaciones al juzgado que
las instruyó al no haberse practicado pruebas presentadas por la
acusación particular y que habían sido admitidas y no haber
resuelto el auto de apertura oral el emplazamiento del responsable
civil subsidiario. El fiscal y la acusación particular solicitan
provisionalmente para el constructor de la obra, R.S.G., vecino de
Sant Pere de Ribes, 3 años de prisión por un delito de homicidio
por imprudencia profesional y 4 meses de prisión por un delito
contra la seguridad en el trabajo y la inhabilitación especial para
el ejercicio de la profesión durante 4 años. Las acusaciones
también piden que el acusado indemnice con 20 millones de pesetas a
la mujer del fallecido y con 15 millones a cada uno de sus dos
hijos.
El accidente pasó el 24 de mayo de 1995 cuando el albañil,
F.B.P., vecino de Sant Antoni, trabajaba en la construcción de una
vivienda unifamiliar en la urbanización Quinta Mar de Sitges.
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