El juzgado de instrucción número 3 de Barcelona ha decretado la nulidad de las actuaciones judiciales practicadas por la muerte en 1995 por imprudencia laboral de un albañil ibicenco cuando trabajaba en una obra en Sitges a causa de la falta de medidas de seguridad y por la que está acusado el constructor. En el juicio, que debía celebrarse ayer, el titular del juzgado, Santiago Vidal, ha aceptó una petición presentada por la acusación particular, a la que se han adherido la defensa y la fiscal, para que sea declarado como responsable civil subsidiario el propietario de la obra en construcción.

El juez decretó la devolución de las actuaciones al juzgado que las instruyó al no haberse practicado pruebas presentadas por la acusación particular y que habían sido admitidas y no haber resuelto el auto de apertura oral el emplazamiento del responsable civil subsidiario. El fiscal y la acusación particular solicitan provisionalmente para el constructor de la obra, R.S.G., vecino de Sant Pere de Ribes, 3 años de prisión por un delito de homicidio por imprudencia profesional y 4 meses de prisión por un delito contra la seguridad en el trabajo y la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión durante 4 años. Las acusaciones también piden que el acusado indemnice con 20 millones de pesetas a la mujer del fallecido y con 15 millones a cada uno de sus dos hijos.

El accidente pasó el 24 de mayo de 1995 cuando el albañil, F.B.P., vecino de Sant Antoni, trabajaba en la construcción de una vivienda unifamiliar en la urbanización Quinta Mar de Sitges.