La decisión judicial que resuelve las actuaciones abiertas por el
choque de dos rápidos frente a Platja d'en Bossa, un accidente
ocurrido el 28 de julio de 1991 y que se saldó con cerca de 40
heridos, establece que el único capitán que pudo ser juzgado por
estos hechos es autor de una falta de imprudencia leve con
resultado de lesiones.
La juez, por ello, le condena a 15.000 pesetas de multa, a las
costas y a indemnizar conjunta y solidariamente con las
aseguradoras imputadas las indemnizaciones fijadas a las víctimas,
una cantidad que en su conjunto es cercana a los 20 millones de
pesetas. La mayor parte de los afectados eran de la localidad
mallorquina de Sineu e iban a bordo del «Rápido de Formentera».
La sentencia, de un juicio que se celebró el pasado mes de
abril, no define ni mucho menos las responsabilidades exactas de
los dos capitanes al mando de las embarcaciones siniestradas,
aunque del texto se desprende que al menos uno de los marinos sí
buscaba la proa del otro barco. Este hecho fue denunciado por los
pasajeros, que en la causa aseguraron que «debía haber un
pique».
La juez de lo Penal explica que no se puede acreditar cuál de
los rápidos realizó la primera maniobra para desviar su proa con
respecto a la del otro barco. En ese momento, el «Rápido de
Algeciras», al mando del capitán Antonio Asensio, navegaba con
rumbo a Formentera, mientras que el otro catamarán, cuyo capitán no
pudo sentarse en el banquillo al fallecer en un accidente de
tráfico, se dirigía al puerto de Eivissa. Los dos llevaban sus
proas encontradas cuando tuvieron que divisarse a una distancia de
tres millas, poco antes de colisionar a última hora de la tarde
junto al islote de la Esponja. De igual manera, tampoco ha sido
posible discernir que capitán ordenaba maniobras para coincidir de
nuevo las derrotas.
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