Juez decano: «Si se presenta una denuncia o el atestado en el juzgado de guardia, una medida cautelar se puede acordar inmediatamente»

González Malabia recuerda que, en casos de okupación, hay formas de actuar con rapidez

El piso okupado está ubicado en la calle Bisbe Cardona. | Toni Planells

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El juez decano en Ibiza, Sergio González Malabia, puntualizó este viernes que casos de okupación como el registrado esta semana en Sant Antoni pueden solventarse con cierta rapidez si, a través de la vía penal, se decretan medidas cautelares por parte del juzgado de guardia. Para ello, la Guardia Civil debe entregar el atestado que recoge todos los detalles e información sobre el caso, actuando después el juzgado de guardia en consecuencia, «aunque hay que diferenciar entre el juicio, que se alarga en el tiempo, y una medida cautelar de protección que puede decretarse en 24 horas y que puede suponer la restitución de la propiedad».

Hasta este viernes por la mañana, el juzgado de guardia no había recibido el atestado de la Guardia Civil ni ninguna denuncia por parte de la propiedad. Los agentes del Instituto armado elaboraron un parte de intervención.

«Sin atestado o denuncia, la Justicia no puede actuar y después podrá intervenir según aquello que dictan las leyes», reiteró.

Si el propietario interpone una demanda civil, en uno de los procedimientos contemplados por ley el demandante debe acreditar la propiedad, mientras que los okupas deberán presentar en el plazo de cinco días el título que les permita permanecer en la vivienda o, en caso contrario, se determinará su lanzamiento, un proceso que puede alargarse hasta 20 días.

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El juez también aclaró que la «flagrancia» puede determinar la intervención de la Guardia Civil en un caso de okupación. Se trata de un concepto jurídico referente a la detención de una persona cuando ésta es sorprendida in fraganti en el momento de cometer el ilícito.

El decano, quien quiso desmentir los bulos difundidos sobre los tiempos de respuesta ante casos de okupación, diferenció entre lo que es una usurpación -cuando la vivienda está desocupada- y un allanamiento de morada, cuando los okupas entran en una casa con inquilinos.

También reconoció que el problema de la okupación en Ibiza es habitual, más en verano cuando se repiten numerosos casos en segundas residencias de la isla.

González Malabia aseguró entender el malestar y la indignación que sienten muchos ciudadanos ante estos casos de okupación.