«España es una excepción en el trato de los okupas y morosos y se les protege en exceso»

El abogado del propietario del piso lamenta que la situación de la Administración de Justicia impide cumplir los plazos que marca la ley para casos de okupación

Imagen de archivo de vivienda en Ibiza.

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Tras la okupación de una vivienda en Sant Antoni, el abogado especializado en Derecho inmobiliario, Juan Carlos Rodríguez Tur, recordó que debe diferenciarse entre ‘okupación’ e ‘inquiokupación’ y lanzó una serie de consejos a los propietarios, tales como instalar en sus viviendas alarmas y cámaras.

«La okupación es un delito de usurpación y debe mediar fuerza, violencia e intimidación para entrar en una propiedad ajena», señaló el letrado. Para prevenir esta situación, lo aconsejable es entregar las grabaciones de esas cámaras a los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que inicien el procedimiento penal que también puede resolverse civilmente.

Según la ley, el propietario podrá interponer contra los okupas una demanda y éstos tendrán cinco días para abandonar la vivienda o presentar el título que les permite estar en la residencia ajena. En caso contrario, el juzgado decretará el lanzamiento de los inquilinos.

«El problema es que estos plazos no se cumplen nunca ya que los juzgados invierten más tiempo en estos casos», lamentó Rodríguez, quien aseguró además que pueden pasar «meses, incluso años» en lograr desahuciar a un okupa.

Sobre el caso concreto de Sant Antoni, donde los okupas cambiaron la puerta, insultaron al propietario y llegaron a burlarse de los agentes, Rodríguez Tur señaló que «es una situación muy delicada, en la que además la administración de Justicia suele proteger mucho al okupa y sus derechos, incluso de manera excesiva a mi parecer porque hace una interpretación muy restrictiva de la ley».

Para el experto, en esta okupación concreta, no debe culparse a la Guardia Civil que simplemente respetó las normas, sino que «el fallo se encuentra en la configuración legal».
«La Guardia Civil no puede sacar a una persona sin una orden judicial», reiteró.

En países como Francia o Alemania, sí se permite la intervención policial para realizar un desalojo sin esperar a las indicaciones de un juez si se comprueba que ha habido una okupación, puntualizó el abogado, quien «en absoluto» comparte el proceder de conocidas empresas dedicadas a expulsar a personas de una vivienda ajena.

«Se desaloja el inmueble sin un documento de entrega de posesión o sin una resolución y ello puede plantear problemas jurídicos en el futuro. Se entiende que, con lo mal configurada que está la ley en España, la gente acuda a estas empresas», añadió.

También recordó que los inquiokupas son aquellas personas que dejan de pagar un alquiler y permanecen en una vivienda arrendada, lo cual supone dificultades todavía mayores para desalojar.

«Aquí sólo queda la vía judicial que tardará un mínimo de un año. España es una excepción en el trato de okupas y morosos y se les protege, bajo mi punto de vista, en exceso. Ello tiene consecuencias sobre el mercado habitacional porque muchos propietarios que han sufrido este problema acaban retirando sus casas del mercado del alquiler, con lo que la legislación que protege a okupas y morosos provoca un incremento en el precio de la vivienda», apostilló Rodríguez.

La mayoría de okupas, además, es gente informada que sabe cómo les protege la ley, permitiéndoles incluso alargar su delito en el tiempo. En el caso de que haya menores, la situación se complicará para los propietarios «que están completamente desprotegidos puesto que el procedimiento se alargará incluso años».

El letrado recordó que recientemente ha sido reformado el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, en principio, agiliza el lanzamiento de los okupas. Según reza la norma, éstos «serán juzgados en un máximo de 15 días. Una vez se celebre el juicio, el magistrado deberá dictar sentencia en un plazo de tres días. Los casos juzgados mediante este proceso no necesitarán estudios de vulnerabilidad».

Sin embargo, Rodríguez Tur advirtió que difícilmente podrá cumplirse lo que indica la ley puesto que la Justicia no tiene medios suficientes para celebrar los juicios y dictar lanzamientos en estos plazos. «La reforma de la norma va en el buen sentido, pero si no contamos con más jueces, no se podrá cumplir. Es una ficción», concluyó Rodríguez, quien ejercerá la defensa del afectado por la okupación en Sant Antoni.

Caso

Como abogado del propietario afectado, Rodríguez Tur contactó ayer mismo con el jefe de la Policía Local de Sant Antoni para conocer los detalles de su intervención y recabar pruebas para preparar la pertinente denuncia. Además, quiso destacar la actitud «colaboradora» de la Policía y agradecer su comprensión, así como la cooperación del Ayuntamiento en todo este tema.

Por otra parte, el letrado reconoció que el propietario de la vivienda okupada en Sant Antoni siente «mucha impotencia», siendo testigo de cómo entraban en su vivienda sin que la Policía pudiera hacer nada. «Tenemos una legislación muy garantista con los okupas y las víctimas acaban siendo los pequeños propietarios», concluyó.