Durante la sesión plenaria del pasado 30 de enero el Ayuntamiento de Ibiza aprobó la modificación definitiva de la ordenanza de Ocupación de Vía Pública y entre los cambios destaca el de la rebaja de tasas para los establecimientos que abren un mínimo de 9 meses al año.

Con el objetivo de que los establecimientos de Ibiza sigan abiertos los meses de invierno, la tramitación de la OVP beneficiará a todos los establecimientos que abran más de 9 meses al año. Desde el Consistorio han recalcado que estos establecimientos deberán hacer la solicitud antes del 31 de marzo, en caso de que lo hagan a partir del 1 de abril esta solicitud ya se contará para el 2026.

Durante los seis meses de temporada alta, el precio del metro cuadrado será de 15,00 euros. El pago de la ocupación se hará en el periodo de recaudación de impuestos municipales, entre agosto y septiembre. Si así se pide a la hora de hacer la solicitud este 2025, la renovación de esta se hará de manera automática. Además, esta renovación será gratuita. Finalmente, si el Ayuntamiento no lo pide en caso de necesidad, los establecimientos no tendrán que aportar ningún tipo de documentación.

Por otro lado, los establecimientos que abran menos de 9 meses tendrán otras condiciones. El precio del m² será de 22,50 euros. La totalidad del pago de la ocupación se tendrá que hacer antes del 31 de marzo, esté o no abierto el establecimiento (para poder obtener la licencia será necesario aportar el recibo del pago). Además, sea cual sea la cantidad de meses que abran, deberán pagar seis de manera obligatoria, aunque abran menos. La renovación de la solicitud se tendrá que hacer anualmente, no se renovará de manera automática. Por último, la documentación que tendrá que aportar será extensa y detallada. Concretamente, se trata de:

  • Justificante de pago de la tasa.
  • Plano de la situación del establecimiento a escala 1/1000.
  • Plano de la zona de ocupación a escala 1/50.
  • Un croquis, dibujo y/o fotografías donde se indiquen todos los elementos que ocupen la vía pública.

En caso de que las terrazas sean privadas, una copia de la escritura donde se indica que la terraza es propiedad del local. En caso que no se tenga, la autorización de la propiedad para uso de la terraza privada.

Una vez hecha la solicitud esta no se podrá renovar, por lo tanto, desde el Ayuntamiento de Ibiza aconsejan calcular bien el espacio que se necesita en la vía pública. Otro elemento importante de este nuevo trámite es que le mobiliario de las terrazas se tendrá que recoger por la noche para que las calles queden libres.