La Audiencia Provincial ha anulado una sentencia por un supuesto caso de maltrato en el ámbito doméstico en Ibiza por las «graves irregularidades» que cometió la jueza durante el proceso y a la hora de dictar el fallo. El procesado fue condenado a siete años y seis meses de cárcel por cuatro delitos: maltrato habitual, lesiones, maltrato puntual y coacciones.
El caso se tramitó durante el año pasado y tras la sentencia condenatoria, que además incluía la inhabilitación de sufragio pasivo, la prohibición de acercarse a la víctima y una indemnización de 17.739 euros por las lesiones y secuelas, fue recurrido por el abogado defensor, que consideró que se habían vulnerado los derechos más elementales de su patrocinado.
De esta manera, la apelación llegó a la Sección Segunda de la Audiencia de Palma y el tribunal formado por los magistrados Javier Burgos, Samantha Romero y Mónica de la Serna examinó la sentencia de la jueza de Ibiza y las anomalías procesales denunciadas por la defensa del condenado.
Una vez concluidas las diligencias, el tribunal ha determinado que «podemos concluir que pocas veces hemos visto en un procedimiento tantas infracciones legales y vulneraciones del derecho de defensa y de la tutela judicial efectiva» y añade que: «La magistrada, por iniciativa propia, dejó sin efecto la declaración del testigo propuesto por la defensa, recusándole por interés directo del pleito». El condenado, a través de su letrado, siempre sostuvo que no había tenido posibilidad de defenderse de forma legal en el proceso iniciado contra él y que no fue informado de las novedades que se iban produciendo. De hecho, llegó a denunciar que no estuvo formalmente personado en el procedimiento contra él, algo del todo insólito.
En este sentido, la Audiencia palmesana lamenta que ««no se analizan los medios de prueba practicados en el juicio. Ni se explica los motivos por los que se otorga eficacia reconstructiva a unos medios de prueba, y a otros no».
«Tampoco hay juicio de autoría, tipicidad o punibilidad. No hay una mínima explicación de la subsunción realizada, o de las razones para imponer las penas elegidas», añaden.
Argumentos chilenos
La Sección Segunda aborda los argumentos esgrimidos por la jueza en su sentencia «tras transcribir 20 folios de una publicación sobre la nulidad en un país extranjero, creemos que Chile, concluye que ningún derecho se ha vulnerado». Este detalle ha llamado poderosamente la atención, ya que la legislación de aquel país no se puede aplicar en España.
El apunte
No pudo ser defendido por un letrado
4 comentarios
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,,el resultado es que por una incompetencia judicial,,un supuesto hoy en día, maltratador, amparándose en derechos que asisten hasta a l@s delincuentes, podría dejar a una víctima abandonada " otra vez" por este nefasto sistema
Lo siguiente serán médicos sacándose el MIR con chatgpt y a la hora de operar "ja ho sentirem a dir". Madre mía que panorama se nos está quedando...
Jueces tirando de chatgpt, no me extrañaría nada
Estaría bien que se identificara a la jueza, más que nada para saber en manos de quien estamos, y que se pusieran medidas disciplinarias o sanciones para que esto no vuelva a ocurrir.