Los nuevos horarios extraordinarios habilitados hasta día 30 de septiembre incluido, tanto para la emisión de recibos como para emisión y posterior pago son los siguientes:
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Emisión de recibos y pago de impuestos: de 9h a 17h en la Oficina de Recaudación (1º piso, edificio CETIS).
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Únicamente emisión de recibos: de 8.30h a 14h y de 16h a 19h en la Oficina de Atención al Ciudadano (Planta baja, edificio CETIS).
Para descargar los recibos se puede hacer de la siguiente manera:
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Ir a la página web del Ayuntamiento de Eivissa: www.eivissa.es
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Ir a la sección «Anuncios destacados» en la columna izquierda de la pantalla
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Pinchar en «Autoliquidaciones/Pagos»
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En la ventana que pone «Pagos online» pinchar en «DESCARGA DE RECIBOS PENDIENTES DE PADRONES ANUALES»
https://autoliquidaciones.eivissa.es/AutoliquidacionesWeb/formextra.jsp?tipo=descargaRecibosPendientes
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Rellenar la información que pide. Es importante seleccionar el PADRÓN correcto y en los campos RECIBO e IMPORTE hay que poner los números de los años anteriores.
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Descargar el recibo.
Para pagar, hay varias opciones:
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Las personas físicas pueden acudir directamente a las Oficinas de Recaudación Municipal en la c/ Canaries, 35 1º. En este caso no es necesario presentar los recibos, se darán en la misma oficina.
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Las personas Físicas y jurídicas pueden acudir a las entidades bancarias mencionadas a continuación a realizar el pago. En este caso será necesario descargarse los recibos.
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Banc Sabadell
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CaixaBank
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Banco Santander
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Banca March
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BBVA
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Cajamar
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Colonya Pollença
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Las personas Físicas o Jurídicas que quieran realizar el pago online deberán seguir los siguientes pasos:
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Ir a la página web del Ayuntamiento de Eivissa: www.eivissa.es
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Ir a la sección «Anuncios destacados» en la columna izquierda de la pantalla
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Clickar en «Autoliquidaciones/Pagos»
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En la ventana que pone «Pagos online» clickar en «PAGO DE RECIBOS ONLINE» https://autoliquidaciones.eivissa.es/AutoliquidacionesWeb/formextra.jsp?tipo=pagoRecibosLocal
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Con los recibos descargados anteriormente, seleccionamos el PADRÓN correcto y rellenamos la información.
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Pulsar «Pagar online»
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Imprimir el justificante
De esta manera, se podrán pagar los tributos municipales de vencimiento periódico y notificación colectiva siguiente:
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica.
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Exacciones Municipales Unificadas sobre Inmuebles que comprenden las siguientes:
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Recibos del servicio municipal de aguas de parcial de saneamiento.
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Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
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Exacciones municipales unificadas sobre comercios e industrias y actividades profesionales, que comprenden las siguientes:
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Impuesto sobre Actividades Económicas.
5 comentarios
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VIVA LA PEPAAcuda usted al Ayuntamiento y solicite las cuentas, y si observa alguna anomalia denunciela. Al mismo tiempo si sabe usted de algo que no cuadra, igualmente, acuda a los juzgados a denunciar. Si hace esto, el resto de ciudadanos le estaremos muy agradecidos y si no, no se por qué arenga al resto a no pagar.
El primer año que no mandan los recibos al domicilio. Me gustaria saber, al final del periodo voluntario, cual es el porcentage que se ha quedado sin pagar respecto a años anteriores.
Después de la cagada impresionante, que menos. Cargan los recibos a quienes lo tienen domiciliado sin previo aviso y no mandan los correspondientes avisos para quienes no lo tienen. Vamos una maravilla de gestión. Trigueros que vino para arreglar todo, se está cargando lo que funcionaba bien.
Buena forma de admitir que la han cag.do..
Hay que tener mucha cara. QUE NADIENPAGUE NADA HASTA QUE DEMUESTREN CUENTAS CLARAS .