El Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu ha procedido a limpiar y adecuar una parcela de titularidad municipal situada al final de la calle Vénda de Cas Serres de la población de Santa Gertrudis, próxima a la salida hacia Sant Mateu. Se trata de un terreno de unos 10.000 metros cuadrados aunque por la presencia de vegetación no puede ser usado en su integridad, y que desde hace años se condiciona para el verano, fiestas patronales (fue uno de los dos parquins principales en los conciertos de La Movida y Ressonadors de las pasadas fiestas) y otras necesidades puntuales para su uso como aparcamiento. Se trata de una medida imprescindible para poder mejorar la fluidez del tráfico y tratar de reducir los problemas de circulación en el interior del pueblo de Santa Gertrudis, ofreciendo una alternativa a las afueras del mismo y tratando así de reducir los atascos o momentos de saturacióñn en el interior debido al gran incremento de vehículos debido a la temporada, las fiestas patronales o cualquier otro evento excepcional que pueda ocurrir a lo largo del año.

En referencia a las quejas de algunos vecinos de enfrente del solar, que han presentado un total de 17 firmas, la diferencia este año es que se ha decidido realizar una cobertura de grava y aplanar el terreno para reducir las molestias por generación de polvo, además de señalizar el acceso para que así sea más fácil su identificación por parte de los potenciales usuarios, tanto residentes como visitantes, y que no se produzcan atascos, mayores estacionamientos en lugares indebidos, especialmente en la zona del centro de la población, la que concentra los mayores atractivos (iglesia, zona peatonal, establecimientos de restauración) y que por su antigüedad y trazado tiene un estacionamiento reducido -incluyendo otro estacionamiento municipal detrás de la iglesia que presenta un muy elevado nivel de uso-.

La parcela está calificada como Espacio Libre Público (EL-P) en las Normas Subsidiarias. El artículo 6.3.10 de las Normas Urbanísticas del municipio (que se puede consultar en el apartado de la web del departamento de Urbanismo dedicado a dichas Normas Subsidiarias (Normas Urbanísticas, texto consolidado) se incluye el punto 1.2.c) sobre condiciones de uso en el que se dice que «...Asimismo, de forma compatible con el mantenimiento del arbolado, podrá admitirse en determinados casos su uso como aparcamiento temporal en superficie, así como la implantación de infraestructuras y servicios públicos...».

En cuanto a los posibles usos dados al estacionamiento, si se aprecian actividades que puedan suponer una ilegalidad o una infracción de las normas, si se transmite la información a la Policía Local para que actúe lo antes posible para comprobar si es así y ponerle fin en caso de que no se respeten las normas. El mero hecho de la presencia de determinados vehículos como furgonetas no supone una violación de la norma y no puede ser sancionado o perseguido.