Una casa payesa en Ibiza. | Periódico de Ibiza y Formentera

El Consell de Ibiza ha aprobado en el Pleno de este viernes el primer reglamento de simplificación administrativa, agroestancias y alquiler de habitaciones en casas payesas de la isla de Ibiza. Un documento pionero en la isla que tiene como principal objetivo aumentar la competitividad de la economía ibicenca en la actual crisis económica, al tiempo que pretende evitar el abandono del paisaje y de nuestro patrimonio.

El conseller de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo, Mariano Juan, presentó ayer este documento, que nace fruto del consenso entre ayuntamientos y 21 asociaciones, además de estar abierto a la ciudadanía en general a través del registro de entrada. «La existencia de procedimientos redundantes en la administración genera problemas con cargas innecesarias y duplicidades», precisó Mariano Juan, quien destacó que con el objetivo de acelerar la recuperación económica de Ibiza, «ahora el Consell debe ser un órgano de buen gobierno y no un obstáculo a la inversión privada». Por ello, para fomentar la inversión «se ha apostado por eliminar gastos y cargas innecesarias a la iniciativa de nuestros ciudadanos» con la creación de este reglamento.

Territorio
En el documento se refleja, además, «un pacto para la custodia del territorio», mediante el cual la máxima institución insular compensará a los propietarios que custodien en buenas condiciones el paisaje, patrimonio y el arraigo de las familias a las tierras, fincas y casas payesas de Ibiza. Por ello, se proponen la regulación de las agroestancias y del alquiler turístico de habitaciones en casas payesas para así «convertir el campo de Ibiza en una actividad rentable y que no sólo sea una fuente de gastos y dolores de cabeza».

El reglamento se divide en tres grandes bloques: habitabilidad, urbanismo y patrimonio. En cuanto a la habitabilidad, el reglamento de simplificación administrativa elimina de facto las células de primera ocupación y las integra en la licencia municipal de primera ocupación.

Además, se elimina el certificado municipal de final de obra «que sólo servía para pedir las células de primera ocupación», detalló el conseller. En cuanto a las células de renovación y carencia, este reglamento reduce a la mitad el plazo de resolución, por lo que disminuye a un mes. También simplifica la documentación a presentar, dejando en manos de colegiados profesionales la certificación de antigüedad y habitabilidad de un inmueble que, hasta ahora, debían hacer los ayuntamientos. Los consistorios, por su parte, únicamente deberán certificar que no existen expedientes urbanísticos.

Respecto al urbanismo, este reglamento elimina la necesidad de licencia previa, creando un sistema de comunicación previa para rehabilitaciones, reformas, restauraciones y consolidaciones de inmuebles no catalogados que no estén en suelo protegidos, agrupaciones de fincas, cierres urbanos, demoliciones de edificaciones en estado de ruina inminente, dotación en un solar de infraestructuras como aceras o luminarias urbanas, instalación de placas fotovoltaicas y estaciones de carga de vehículos eléctricos y obras de conservación y reparación de inmuebles en suelo protegido.

«A diferencia del decreto de recuperación impulsado por el Govern balear, y que da a las medidas que van en este sentido una vigencia de poco más de un año y que afecta únicamente a suelo urbano, la vocación de este reglamento es que sea permanente, no transitorio, y que dé seguridad jurídica a los propietarios y profesionales», precisó Juan.

El reglamento también afecta a los trabajos previos de estudio arqueológico y patrimonial, aceptando que el silencio administrativo de un mes sea positivo (actualmente se tardan ocho meses en resolver estos expedientes), siempre que el expediente no afecte a bienes catalogados como BIC u otras catalogaciones específicas insulares y siempre que vayan acompañados de un plan de actuación con seguimiento arqueológico.

Agroestancias
Uno de los puntos más importantes que se fijan incentivos económicos en suelo rústico, como son las agroestancias y el alquiler turístico en casas payesas. En el primer caso afecta al alquiler turístico de habitaciones en casas existentes en una explotación agraria preferente en toda clase de suelo, para todo el año con un máximo de seis plazas turísticas en tres habitaciones.

Los propietarios deben comprometerse a cultivar un mínimo de cuatro hectáreas continuas o 10 hectáreas discontinuas, deben presentar una memoria anual de conservación de los elementos patrimoniales y de cultivos y deberán incorporar sistemas de almacenaje de agua de lluvia. Los jardines, además, sólo podrán ser de plantas autóctonas.

Respecto al alquiler turístico en casas payesas, el reglamento permite el alquiler de máximo seis plazas en tres habitaciones, durante un máximo de 60 días al año que pueden ser discontinuos, en casas payesas que no estén en suelo rústico protegido. «El PTI actual no nos permite abrir esto a todo tipo de suelo, pero nuestra intención es modificarlo para que sea posible ya que es una actuación de impacto cero que no consume suelo, ni recursos ni afecta al urbanismo y que puede ser muy rentable para quien quiera dedicarse al campo», concluyó Juan.