La sección segunda de la Audiencia Provincial ha absuelto a un acusado que había sido condenado el 28 de enero de 2019 en Ibiza por un delito leve de daños. El hombre recurrió la pena de 180 euros de multa y la Audiencia ha atendido su recurso de apelación en base a un acuerdo de las Secciones Penales que da por prescritos los delitos leves ya que considera que el incendio en los Juzgados de Isidor Macabich no interrumpía los plazos.
En la sentencia de 2 de noviembre de 2020 se indica que aunque los hechos que recoge la sentencia de Instrucción número 4 «han de estimarse ciertos y realmente sucedidos, resulta procedente la estimación del recurso de absolución al comprobar que durante la tramitación del recurso se ha producido la prescripción del delito leve cometido por el apelante, al haber estado paralizado el procedimiento contra el culpable por plazo superior al año».
El tribunal recuerda en su auto que, según el acuerdo alcanzado por el pleno no jurisdiccional de las Secciones Penales de la Audiencia Provincial del 30 de abril de 2020, «el incendio de la sede judicial, aún tratándose de una causa extraordinaria, no aparece como causa legal de interrupción de la prescripción en nuestro Código Penal».
Delitos leves
La aplicación de este acuerdo del pleno de lo Penal conllevará una cascada de prescripciones de delitos leves como hurtos, apropiaciones indebidas, coacciones, omisión del deber del socorro, los daños por imprudencia menos graves, estafa o delitos de lesiones.
Los juzgados de Ibiza fueron incendiados la madrugada del 21 de enero de 2019, paralizando la actividad judicial en la isla.
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