En el escrito, con el que se opone a la aprobación del convenio urbanístico que está actualmente en fase de exposición pública, considera que la aprobación inicial del convenio es nula de pleno derecho.
Conforme a las alegaciones, inclumpliría preceptos constitutivos de nulidad de hasta tres normas: la Ley de Urbanismo de las Illes Balears (LUIB), la ley 10/90 de Disciplina Urbanística de Balears y el reciente Decreto-ley 9/2020 de Medidas Urgentes de Protección del Territorio de las Illes Balears.
El documento está firmado el 25 de agosto y ya está presentado ante el Consistorio.
La licencia
Roig, que actúa en representación del empresario Luca Stefano Constanza, considera que la licencia municipal de obras 363/2005, «estaría caducada y una vez transcurridos 15 años desde su concesión no cabe que la autoridad municipal [...] pretenda ‘resucitarla' y concederle derechos urbanísticos».
Apunta que la licencia podría haber tenido como máximo la vigencia que fija la Ley 10/1990. En el artículo 8 de la misma, se establece el plazo máximo de 24 meses para finalizar las obras aprobadas en una licencia y la posibilidad de una prórroga de la mitad del plazo concedido, es decir, como máximo 12 meses.
Es por ello que indica que el convenio da «virtualidad y vigencia» a «una licencia municipal de obras que se encuentra caducada de hecho y que no es susceptible de prórroga».
Considera el convenio «nulo de pleno derecho» conforme al artículo 97 de la LUIB, por contravenir, infringir o defraudar objetivamente normas imperativas legales o reglamentarias.
El convenio obliga además al Ayuntamiento a «conceder (la prórroga de la licencia) en el menor plazo posible y por el plazo legal de un año adicional, sin perjuicio de la concesión de una nueva prórroga por el plazo legalmente establecido si así fuera necesario» si no se cumple con el plazo para modificar el planeamiento como requiere el convenio.
Actualmente está todavía en fase de tramitación la prórroga de la licencia que el Ayuntamiento empezó a tramitar el 27 de diciembre de 2017, después de archivar el expediente de caducidad que el propio Consistorio había iniciado en 2016.
Urbano no consolidado
Por otra parte, en las alegaciones se pone en duda que los terrenos en los que se concedió la licencia tengan, ni siquiera, la condición de solar, «requisito imprescindible para que se pueda otorgar la licencia de edificación» según la LUIB.
Así, cita el artículo 25 de la ley, por el que los solares deben tener los «servicios urbanísticos básicos», es decir: viales, abastecimiento de agua, suministro eléctrico y conexión a la red de saneamiento.
El propio convenio indica que en la parcela «deben de formularse Estudio de detalle y Proyecto de parcelación, mejorarse los servicios de abastecimiento de agua y completarse los de saneamiento, alumbrado y viario».
Es por ello que el abogado manifiesta que los terrenos se encontrarían, además, en situación de ser considerados «suelo urbano sin urbanización consolidada». En estos terrenos, en primer lugar el Consell d'Eivissa debería determinar si se trata de un suelo urbano, urbanizable o incluso rústico, según el Decreto-ley 9/2020.
En ese mismo texto se indica que «queda suspendido las tramitaciones [...] y el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas en éstas áreas hasta el 31 de diciembre de 2022 o hasta la aprobación de las adaptaciones» que debe hacer el Consell.
Además, indica que debería haberse solicitado informe al Consell Insular, a pesar de que el convenio indica que no es necesario. Valora que la modificación puntual de las Normas Subsidiarias que requiere el nuevo proyecto «segrega, dejando fuera del Plan Parcial de Cala Vadella, una porción del mismo. Por lo que considera que se trataría de una «modificación total» por la que el Consistorio debería haber pedido el informe previo antes de firmar el convenio.
18 comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
Bastiodon SL es una sociedad limitada unipersonal, de fondo buitre nada. por otra parte es muy sospechosa la actitud del ayto. archivando el exte de caducidad de la licencia. El argumento que se tendria que indemnizar es falso. La ley reconoce tal derecho cuando se ha patrimonializado, es decir, construido. Hay presiones por todos lados y alguien se va a comprar otra vivienda en Formentera
https://www.periodicodeibiza.es/sucesos/ultimas/2013/04/23/97466/piden-inhabilitacion-para-exasesor-legal-santa-eularia-por-licencia-irregular.html
Veo mucho sociata herido 😅😅
Entonces la historia es: el PP y su séquito (Antonio Huerta por ejemplo) acometen ilegalidades sin control. Ahora, 15 años después, viene otro con intereses en la zona y se queja (Becerra de Ciudadanos) y lo que es peor: es lo mismo que el PP. Esta historia es curiosa sí... y de momento nadie se ha leído el expediente, porque hasta dónde conozco, revocar esto supondría una indemnización importante seguro... vamos, que gracias la gestión del PP en su día, pagamos ahora
Y las concejales de Podemos votando a favor de la licencia y apoyando los intereses de un fondo buitre .Toma Moreno !!!!! , me parto . Por mucho moño y pendientes que se ponga el Sr. marques de Galapagar, la realidad es ésta .
Bien por este abogado y por Dani Becerra que fue quien desveló y denunció semejante atropello. Algún día alguien me tendrá que explicar que hay en Sant Josep para que el urbanismo este bajo lupa con cualquier alcalde.
Muy buena la argumentación del abogado. Es increíble que los abogados del Ayuntamiento no hayan visto incumplimientos tan palmarios.
Hay que ver como tienen de dura la cara algunos, criticar esto cuando fueron ellos en 2005 quienes favorecieron esta aberración, los mafiosos de siempre.
Entre PP i Psoe vendran l'illa a trossos, la vella guàrdia cuidant dels interessos dels rics.
PSOE=PP