Un particular compró el polvorín de Santa Gertrudis, donde celebró una macrofiesta ilegal el verano pasado.
El decreto que desarrolla la Ley Turística balear que el Consell de Govern aprobó el pasado viernes contempla el uso turístico en «instalaciones de señalización marítima», es decir, los faros y en edificaciones que «tengan o hayan tenido uso militar», según se desprende del artículo 148 del capítulo XII. El artículo establece que para que se permita «cualquier uso turístico de los previstos en la Ley Turística» debe estar contemplado en la normativa estatal y que debe contar con un informe favorable previo de la administración insular competente en ordenación turística (en las Pitiüses, se trata de los Consells d'Eivissa y Formentera), así como de los ayuntamientos del municipio donde se encuentre la edificación. Cabe recordar que en el caso de los faros, el Ministerio de Fomento abrió la puerta a la posibilidad de reconvertirlos para darles usos turísticos. De hecho, la Autoritat Portuària recibió el año pasado peticiones para dar usos hoteleros a es Botafoc, sa Conillera y Tagomago, además de crear un centro de interpretación en el de la Mola de Formentera (la APB finalmente no instalará una cafetería en el cap de Barbaria ante el rechazo del Consell de la pitiusa menor).
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El faro de es botafoc es un lugar muy frecuentado por los ibicencos para desarrollar actividades de ocio y esparcimiento, así como deportivas. Privatizarlo atenta contra los derechos consolidados de los ibicencos. Es un espacio público, para uso público, y pagado por todos.