La ratificación del Supremo esfuma cualquier proyecto urbanístico en esta zona. | Redacción Local

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación (UA) número 12 de ses Feixes de Vila contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) que en febrero de 2012 avaló la clasificación de la UA-12 como suelo rústico protegido de especial interés (SRP-EI).

El Alto Tribunal, en su sentencia del 6 de octubre, asegura que «no se demuestra que la Sala de instancia [el TSJIB] ha incurrido en manifiesto error, irrazonable o arbitraria valoración de la prueba» al declarar probado que la UA-12 no contaba con un Proyecto de Urbanización, que las infraestructuras existentes son para dotar las grandes redes de servicio de la ciudad, pero no a las parcelas individuales o cuando asegura que en la Memoria de Ordenación de ses Feixes des Prat de Vila del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) se indican los valores paisajísticos, ecológicos y patrimoniales. Para el Supremo, «la representación procesal de la recurrente no aporta dato alguno que acredite lo contrario», mientras que las Administraciones (Ayuntamiento de Vila y Consell d'Eivissa) sí que aportan documentos, hechos y datos que demuestran las conclusiones del TSJIB.
Contra esta sentencia no cabe recurso, por lo que se esfuman cualquier proyecto urbanístico en esta zona.