Repsol no podrá abrir gasolineras en 34 provincias ni en las islas de Mallorca, Eivissa y Formentera, unos territorios en los que cuenta con una cuota de mercado superior al 30 %, de acuerdo al desarrollo normativo de la ley de fomento de la competencia en el sector de hidrocarburos aprobada en febrero.
Esta resolución ministerial, publicada hoy en el BOE, detalla la aplicación de uno de los puntos de la ley, que establece que las petroleras con una cuota de mercado superior al 30 % en una determinada zona no podrán abrir nuevas gasolineras.
Esta prohibición se aplica tanto a estaciones de servicio en propiedad como en cualquier tipo de gestión directa o indirecta, así como a contratos de distribución en exclusiva a empresarios al por menor, aunque sí podrán renovarse los acuerdos existentes.
La cuota de mercado se calcula por provincias con la excepción de Ceuta y Melilla y los archipiélagos, que se contabilizan por islas de manera independiente.
La resolución señala que Repsol es operador dominante en 34 provincias peninsulares y las islas de Mallorca, Eivissa y Formentera, unos territorios en los que no podrá abrir nuevas estaciones de servicio.
De la misma manera, Cepsa supera la cuota del 30 % en Ceuta, Menorca, Eivissa y Formentera y Disa, en Ceuta, Melilla, Tenerife, La Palma, El Hierro, Fuerteventura, Lanzarote, Gran Canaria y La Gomera.
De hecho, solo 13 provincias peninsulares carecen de operador dominante: Almería, Badajoz, Cádiz, Castellón, Cuenca, Granada, Huelva, Jaén, Navarra, Sevilla, Teruel, Toledo y Valencia.
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