Imagen de archivo de la zona de es Pujols, en Formentera. | Guillermo Romaní

La Mesa d’Ordenació Turística de Formentera ha logrado consensuar un reglamento definitivo que permitirá regular y comercializar la actividad de estancias turísticas en viviendas en la pitiusa menor, según informaron ayer desde el Consell.

Este reglamento establece un total de 22 requisitos de obligatorio cumplimiento y otros 19 de libre elección, de los que al menos se deberá cumplir con un 60%, tal y como explicó la consellera de Turisme y presidenta de la Mesa d’Ordenació Turística, Alejandra Ferrer, con el fin de poder comercializar las viviendas y garantizar así una calidad a los turistas que opten por esta forma de alojamiento.

Las viviendas que se podrán adherir a esta regularización son inmuebles unifamiliares o adosados dentro de la misa parcela, tanto si están ubicados en suelo rústico como urbano. «La finalidad es la comercialización de viviendas para usos turísticos que cumplan con unos mínimos de calidad y de esta forma, regularizar una parte de la oferta de alojamiento turístico existente en Formentera», apuntaron desde el Consell.

Las condiciones

En relación a los requisitos obligatorios, en total 22, que deberán cumplirse para obtener la acreditación de calidad destacan el garantizar un correcto estado de conservación de la vivienda, disponer de extintores, contar con un equipamiento mínimo de cocina, disponer de un botiquín de primeros auxilios y televisor, así como elaborar un manual de turista en diferentes idiomas y tener a disposición hojas de reclamación. Por otra parte, entre los requisitos opcionales, que servirán para subir puntuación y de los que se deben cumplir al menos el 60%, se encuentran tener internet, disponer de piscina o ducha exterior, instalación de aire acondicionado u ofrecer un servicio de bicicleta gratuito, entre otras prestaciones que mejoren la calidad de la estancia.

En el reglamento también se establece que cada vivienda debe disponer, como máximo, de seis dormitorios con capacidad para doce plazas así como un mínimo de un baño por cada tres personas.

El comercializador de estancias en viviendas para el uso de vacaciones debe garantizar la prestación directa o indirecta de diferentes servicios como la limpieza periódica de la vivienda, sábanas, menaje de hogar y su reposición, además del mantenimiento de las instalaciones o servicios de atención al público en horario comercial.

Este reglamento, fruto de las entrada en vigor de la nueva ley de Turisme de les Illes Balears 8/2012, se someterá a votación en la sesión plenaria del Consell de Formentera del mes de julio.

La tramitación

Una vez que se haya aprobado de forma definitiva por el pleno de la máxima institución y se inicie el periodo para legalizar viviendas destinadas a usos turísticos, la Comisión de la Mesa d’Ordenació Turística debatirá caso por caso cada una de las peticiones. «El objetivo es aprobar un reglamento flexible que permita adaptar los criterios de calidad en función de la demanda del turista», indicaron desde el Consell. Una vez que se obtenga la acreditación, ésta tendrá una vigencia de cinco años que podrá ser prolongable fácilmente en caso de no haberse hecho modificaciones.

Asimismo, los interesados en la apertura de viviendas turísticas deberán pagar una tasar de 414,10 euros para dos plazas y 24,84 euros por cada una de las plazas adicionales, con un máximo de doce. La tasa, igual que la acreditación, tendrá una vigencia de cinco años. Por su parte, los comercializadores de viviendas turísticas deberán inscribirse en el registro con una póliza de responsabilidad civil y pagar una tasa de 124,25 euros para darse de alta.

Desde el Consell apuntaron que toda persona interesada en obtener información podrá dirigirse al área de Ordenació Turística del Consell, donde de podrá recoger la documentación para hacer la preinscripción a partir del 15 de julio.