El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto que modifica la actual excepción en materia de tiempos de conducción y descanso, así como el uso del tacógrafo en el transporte por carretera en las vías insulares recogido en la normativa de 2007, según detalló hoy la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega.

A partir de 2010 estarán, asimismo, obligados por estas normas sobre control de los tiempos de conducción y descanso los transportes realizados en Menorca, Eivissa, El Hierro, La Gomera, La Palma y Lanzarote.

Con esta modificación, el Gobierno pretende incrementar la seguridad vial en las carreteras de aquellas islas cuya superficie sea mayor a 250 kilómetros cuadrados e inferior a 1.500 kilómetros cuadrados, al extender en ellas la obligación de instalación y uso del tacógrafo en el transporte por carretera que ya rige para las islas de superficie superior a 1.500 kilómetros cuadrados, es decir, Mallorca, Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura.

La nueva normativa implica un incremento de la seguridad de estos transportes, ya que el tacógrafo no sólo afecta al control de los tiempos de conducción y descanso de los conductores, sino también al de la velocidad de los vehículos.