La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha decidido «estimar justificada la causa de abstención» del juez José Espinosa del caso Eivissa Centre.
En su único fundamento del derecho, la Audiencia considera ajustado a derecho estimar la abstención formulada, aunque, dice el auto, la solicitud de abstención se sustentase en las manifestaciones del juez instructor en cuanto a la interposición de una querella en su contra por una de las partes imputadas y su abogado defensor en el procedimiento que instruye por presunto delito de cohecho y prevaricación, «la cual se dice admitida a trámite, al tratarse de hechos notorios que han aparecido en la prensa oral y escrita, y son conocidos por la Sala».
Por todo ello, el juez Espinosa queda apartado de modo definitivo, «respecto de las diligencias previas, que quedarán a disposición del juez Torres Ailhaud», según el escrito.
El titular del Juzgado de Instrucción número 2, José Espinosa, formalizó su abstención del caso Eivissa Centre hace menos de un mes en un auto que envió a la Audiencia Provincial.
En el documento, Espinosa relataba que el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) había admitido a trámite una querella interpuesta por Roque López contra él y contra la letrada de Xico Tarrés por los presuntos delitos de cohecho y prevaricación.
Por este motivo, y citando el artículo 219 número 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el juez comunicaba a la Audiencia su abstención «sin entrar en pormenores sobre el contenido de la querella ni sobre la verosimilitud de la misma».
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