Matías Arrom Bibiloni y el jefe de obra de la UTE MAB-Rubao, Sancho Àlvares, deberán declarar como imputados ante el juez por un presunto delito contra el patrimonio histórico cometido durante las obras llevadas a cabo en el segundo cinturón de ronda de Eivissa, según hizo público ayer el GEN, que denunció los hechos en diciembre de 2005 ante el juzgado de guardia. El auto fue emitido el pasado día 22 por el juez del Juzgado de Instrucción número 3 de Eivissa.

Esta organización ecologista denunció en su día la destrucción de parte del camí de Puig den Valls, declarado Bien de Interés Cultural (BIC), una cisterna púnico romana, una necrópolis romana, un tramo de 20 metros de un acueducto romano, un edificio de época púnica, una sitja y un yacimiento arqueológico en can Cifre, entre otros elementos.

El GEN recuerda que los arqueólogos contratados para hacer el seguimiento y que informaban a la administración de los hechos fueron despedidos por la empresa.

Tras la denuncia realizada por el GEN el juez solicitó una pericial sobre los daños al patrimonio histórico que habían podido realizar estas actuaciones. Y ha sido a raiz del resultado de esta prueba, realizada por el jefe de la sección de arqueología del Insituto del Patrimonio Histórico Español del Ministerio de Cultura, por la que se considera que existen indicios suficientes de delitos contra el patrimonio.

El Consell

Por otra parte, el GEN también denunció al ex conseller de patrimoni, Joan Marí Tur. El auto judicial hace referencia a la actuación de esta conselleria, que dice que tenía obligación legal de actuar y de la que se asegura que «llama especialmente la atención que, al parecer, no se haya incoado ni un solo expediente de infracción de la Ley de Patrimonio a la empresa adjudicataria de las obras pese a la palmaria evidencia de algunas infracciones».

Por este motivo y para determinar a quien corresponde el deber de actuación atribuido, el juez ordena al secretario de la CIOTHUPA que se certifique si se incoó algún expediente sancionador en materia de patrimonio durante la ejecución de las obras del segundo cinturón y en caso negativo, que se informe de «qué persona o personas tienen facultades legales para proceder a dicha incoación durante el tiempo en que dichas obras se desarrollaron».

El GEN recuerda que según el artículo 110.1 de la Llei 12/1998 de Patrimoni Històric de les Illes Balears establece que el órgano para incoar expedientes sancionadores es el presidente del Consell o el conseller delegado, (en este caso Marí Tur).

Los ecologistas creen que una vez que se haya certificado a quien corresonde la responsabilidad legal de actuar dentro de la administración el siguente paso será la imputación de Pere Palau o Joan Marí Tur, presidente y conseller de Patrimoni del Consell, respectivamente, cuando se produjeron los hechos.