AGENCIAS

La consellera de Comerç, Francesca Vives, ha solicitado al Gobierno Central que Balears tenga potestad para regular las superficies comerciales, ya que considera que la norma que elabora el Gobierno establece unas dimensiones para estos establecimientos que no se ajustan a las de las islas.

En rueda de prensa, el director general de Comerç, Pere Trias, explicó ayer, tras la reunión del Consell Regularor de Comerç, que la ley estatal que se está elaborando establece que cualquier tienda a partir de 2.500 metros cuadrados se considere un gran establecimiento comercial, «algo que en las Islas no tiene sentido» por sus reducidas dimensiones y su carácter especial de archipiélago.

En este sentido, la Ley de Comercio que la Conselleria está elaborando para iniciar su trámite parlamentario en septiembre, plantea definir por Islas las superficies mínimas a partir de las cuales se considerarán grandes establecimientos comerciales. Así, en Mallorca serán 700 metros cuadrados, en Menorca y Eivissa 400 metros y en Formentera 200.

«En Canarias, que tiene la misma problemática, están trabajando en la misma línea: proponer el Gobierno que permita fijar el máximo de superficie a la Comunidad Autónoma. Antes de trasponer la Directiva Europea de Servicios -cuyo plan de adaptación finaliza en diciembre de 2009- hacemos esta propuesta, como medida de prevención», prosiguió Trias.

Trias manifestó que, pese a no tener aún respuesta oficial del Ministerio, no pondrán impedimentos al desarrollo de la ley, ya que hay disposiciones estatales que en las Islas no se aplican, precisamente por su carácter insular, como, por ejemplo, determinados aspectos de la Ley del Suelo.

En caso de obtener una respuesta afirmativa desde Madrid, los grandes establecimientos comerciales tendrían que pedir una licencia específica. Trias avanzó que sólo este tipo de tiendas tendrán algún tipo de limitación. Su licencia la expedirán los ayuntamientos aunque sólo se tendrá que cumplir unos requisitos de carácter medioambiental, como, por ejemplo, que los accesos sean adecuados para el tráfico de mercancías, personas, coches, o que no se puedan establecer en zonas catalogadas.

La Directiva no afecta ni a la libertad de horarios -para aquellos establecimientos que consten de menos de 300 metros-, ni a la libre circulación, aunque puntualizó que no se otorgarán autorizaciones comerciales fuera del suelo urbano consolidado -terrenos que cuenten con todos los servicios- ni para pequeños comercios, ni grandes superficies.