El Ayuntamiento de Sant Antoni ha presentado un informe ante el Consell en el que pide que se declare la «nulidad absoluta» de la norma territorial que aprobó la máxima institución insular y que declaraba rústico el espacio de ses Variades, donde el Consistorio contaba con un acuerdo con la promotora Realia para la construcción de casi 500 viviendas.

Desde el Consistorio alegan que la norma territorial no vela «por la seguridad jurídica, el equilibrio entre la protección medioambiental y el crecimiento urbanístico correcto y bien ordenado». Además, consideran que la máxima institución insular ha invadido de forma «grave» la autonomía municipal y los «intereses de los agentes económicos y de la sociedad del municipio».

Por todo ello piden que se declare la nulidad «absoluta, radical o de pleno derecho» del acuerdo de la sesión plenaria del Consell en la que se aprobó la norma territorial cautelar por haber incurrido en «infracción del ordenamiento jurídico». En el caso de que no se resolviese acordar la nulidad, se pide que se revoque el acuerdo del pleno. En otro punto pide que se excluya el ámbito de ses Variades de la norma por su «manifiesta condición de suelo urbano».

Desde el Ayuntamiento de Sant Antoni consideran que la voluntad del Govern al aprobar la ley de medidas territoriales no era la de «modificar la clasificación urbanística del suelo de ses Variades» y para ello se basan en las declaraciones del diputado socialista Joan Boned, ponente de la ley, y de otros dirigentes políticos. Desde el Consistorio recuerdan además que el pleno del Ayuntamiento aprobó en 2005 un convenio urbanístico con Realia que «tiene que prosperar» porque «es lo más beneficioso para el pueblo de Sant Antoni».

Esta alegación del Ayuntamiento se acompaña de un informe jurídicos solicitado a un prestigioso despacho privado en el que se dice que el Consell ha infringido la ley al aprobar una norma cautelar sin iniciar un procedimiento para modificar el PTI. Además, se considera que pese a que las DOT desclasificó la zona por ser terrenos junto al mar sin proyecto de urbanización aprobado, en ese momento el Govern excedió sus competencias, porque las DOT no pueden clasificar los suelos en función de su localización.