Ya hay sentencia sobre el juicio civil que enfrentó a Fiesta Hotels (Empresas Matutes) y la empresa constructora de la autovía al aeropuerto (MAB dentro de la UTE Accesos Ibiza) en el polémico caso de las tierras. La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 4, Beatriz Suárez, ha desestimado la demanda que en su día puso Matutes contra la UTE por no retirar las tierras procedentes de las obras de la carretera de sus terrenos. Además, le obliga a pagar las costas del procedimiento.
En su sentencia, la magistrada da por hecho que existió un pacto verbal entre la UTE y Matutes para dejar ahí las tierras con el fin de que fueran utilizadas en la construcción del campo de golf de Platja d'en Bossa.
En primer lugar, la juez considera que el vertido era definitivo porque Empresas Matutes lo «consintió y permitió» teniendo en cuenta «el hecho acreditado» de que este material no sólo se acopió allí sino que además se extendió por toda la finca. «Existía un acuerdo verbal entre las partes y ello no sólo queda acreditado por las manifestaciones del representante legal de la entidad demandada, don Matías Arrom Quetglas, en el sentido de 'existía un acuerdo verbal', sino que también ha de considerarse probado este hecho porque dicho acuerdo era beneficioso para ambas partes, pues de un lado la UTE se ahorraba los costes del transporte de material hasta la cantera y por otro Fiesta Hotels recibía la tierra y se extendía en la forma adecuada para el proyectado campo de golf de 18 hoyos de Platja d'en Bossa», dice la sentencia.
La juez también se refiere a lo que contempla el proyecto de campo de golf de Matutes, en el que se recoge que se absorberán las tierras procedentes de la carretera. «Si el vertido era provisional y las tierras debían retirarse no se entiende el encargo de un proyecto donde se recoge expresamente el uso de la tierra», agrega la magistrada, que indica que la existencia de ese acuerdo entre UTE y Fiesta Hotels queda también acreditado porque existe un peritaje realizado por un experto en el que se afirma que un terraplén provisional suele ocupar poca extensión y cierta altura para optimizar el trabajo de la maquinaria, pero si el acopio de tierras es definitivo se deben extender. «Si se hubiera decidido acopiar las tierras de forma provisional el terraplén hubiera tenido una forma diferente, ocupando menor extensión y con una forma más regular», dice la sentencia, que indica que las tierras han podido afectar a las servidumbres aeronáuticas y al parque natural. La magistrada recuerda que incluso se facilitó a la UTE un plano del campo de golf para que la tierra se extendiera de la forma diseñada. La anterior titular de este Juzgado, Carmen Robles, también dio por hecho en un auto que hubo un pacto verbal entre Matutes y la UTE para utilizar las tierras para el golf.
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