A partir de ahora y hasta el 13 de junio el Parlament debatirá una propuesta de reforma de Estatut que ayer fue registrada. Estos son los artículos más novedosos que se incorporan al Estatut, algunos de los cuales ya han sido consensuados.

Nacionalidad histórica
El artículo 1 cambia y aparece redactado de la siguiente manera. «La nacionalidad histórica que forman las Islas de Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera, como expresión de su voluntad colectiva en el ejercicio y en el ejercicio del Derecho al autogobierno que la Constitución reconoce a las nacionalidades y las regiones, se constituye en Comunitat Autónoma en el marco de la propia Constitución y del presente Estatuto». Este artículo tiene consenso.

Policía autonómica
El artículo 13 se modifica para incluir la inclusión de las competencias para poder crear un Cuerpo de Policía en Balears. Tampoco hay discusión al respecto.

Consell de Formentera
El artículo 18 se modifica para crear el Consell de Formentera. Dicho artículo no hace ninguna referencia a la puesta en marcha de este Consell. De hecho, no hay todavía consenso sobre esta cuestión. El artículo 36, sobre la misma cuestión, subraya que el Consell de Formentera estará integrado por regidores del ayuntamiento. En la disposición transitoria séptima se añade que el Consell de Formentera será efectivo desde la entrada en vigor del Estatut. Se creará una comisión mixta para preparar las transferencias que serán otorgadas al nuevo Consell. El Govern pagará el sobrecoste de las competencias. El Consell de Formentera se creará 45 días después de las elecciones municipales.

Consell de Eivissa
La creación del Consell de Formentera también supondrá un cambio para el Consell d'Eivissa, que mantendrá sus actuales 13 representantes, pero todos serán de la mayor de las Pitiüses. Al desaparecer el conseller de Formentera, Eivissa gana un representante en el Consell, pero se mantiene el mismo equilibrio territorial en el Parlament. De esta manera, Eivissa elegirá 12 diputados y Formentera 1.

Decretos leyes
El nuevo Estatut incluye la figura del decreto ley, una disposición legisltiva provisional que podrá aprobar el Govern. Estos decretos leyes deberán ser debatidos y votados en el Parlament en un plazo de 30 días tras su aprobación. El asunto no está cerrado.

Dos listas
El nuevo Estatut da luz verde a la creación de dos listas electorales. Una para los consells y otra para el Parlament. Todos los grupos están de acuerdo menos Unió Mallorquina, pero no será motivo de discusión y no frenará el acuerdo. Este artículo condiciona que el Estatut entre en vigor antes de concluir la actual legislatura.

Competencias consells
El artículo 39 cambia para ampliar competencias de los consells. No hay todavía acuerdo al respecto. Con la actual redacción, los consells podrán asumir las competencias de montes, pesca en aguas interiores, ferias, sanidad e higiene, enseñanza, coordinación de la protección civil y coordinación hospitalaria.

Consell Audiovisual
En los artículos 41 y 42 se introduce la creación del Consell Audiovisual de Balears para velar que los medios de comunicación social de titularidad pública hagan cumplimiento de los principales rectores del modelo audiovisual. El director general del ente público deberá ser elegido por el Parlament, pero bastará mayoría absoluta.

Financiación
La disposición transitoria octava prevé una inversión de 3.000 millones en un periodo máximo de diez años en concepto de insularidad. El objetivo es obtener para Balears el 2,5 por ciento de las inversiones presupuestadas en el Estado en todo el territorio nacional. En todo caso, las inversiones no podrán rebajar los 3.000 millones. La inversión base se aplicará mediante la media de la inversión presupuestada por el Estado para los años 2005 y 2006. Una vez cumplidos los 10 años de aplicación de estas inversiones extraordinarias, una comisión mixta que formará el Govern y el Ministerio de Economia revisará el cumplimiento del acuerdo y calculará la liquidación definitiva. Una vez finalizado este periodo, dicha comisión deberá decidir y aprobar las inversiones que el Estado hará en los siguientes cinco años y así de forma sucesiva por periodos quinquenales. Hay un acuerdo sobre financiación.

Agencia Tributaria
El artículo 88 del Estatut prevé la creación de la Agencia Tributaria y la disposición transitoria décima precisa que una ley del Parlament, en el plazo de un año, promoverá la puesta en marcha de este nuevo órgano. Existe acuerdo al respecto.