El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma ha
declarado la nulidad de la licencia de obra mayor y el final de
obra del proyecto de construcción de 24 locales y almacenes en el
polígono industrial de Montecristo, en Sant Antoni, por proyectarse
y ejecutarse bajo la dirección de obra de un arquitecto técnico, en
lugar de uno de titulación superior. El juez obliga al Ayuntamiento
de Sant Antoni a que tramite el correspondiente expediente de
legalización de las obras, «requiriendo a la promotora [Luxender
S.L.] a que presente un proyecto arquitectónico suscrito por
arquitecto superior».
El Colegio Oficial de Arquitectos presentó este recurso
contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Sant Antoni
tras tener conocimiento de que la dirección de obra del citado
proyecto la llevaba un arquitecto técnico. Al parecer, la doctrina
del Tribunal Supremo sostiene que un arquitecto técnico podría
proyectar obras de planta nueva siempre y cuando «su menor
complejidad, lo que debe determinarse particularizadamente, lo
permita».
No obstante, el juez entiende que «la obra no carece de
complejidad técnica» y, por tanto, «se hacía precisa la
intervención de un arquitecto superior tanto en la redacción del
proyecto arquitectónico como en las labores de la dirección de
obra». En concreto, el juez afirma que se trata de una edificación
de nueva planta y de muy considerable envergadura, en la que es
necesario un sistema de cimentación específica, destinada además a
usos comerciales e industriales, lo que implica la presencia
permanente de personas en horarios comerciales. Diferentes
empresas, añade la sentencia, han solicitado al Ayuntamiento
licencia para instalarse en estos locales y «la actividades que se
relacionan supone la presencia permanente de personas dentro de los
locales en el horario comercial».
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