Para justificar su rechazo a la imputación en la causa, que
investiga el voto de 90 ciudadanos sudamericanos, familiares de
emigrantes de Balears, el juez cita los distintos pronunciamientos
del Tribunal Supremo, que en cuatro ocasiones también rechazó
investigar a Matas y a Estaràs cuando desempeñaban los cargos de
ministro de Medio Ambiente y diputada del PP en la anterior
legislatura.
Las acusaciones particulares reaccionaron de inmediato para
anunciar sendos recursos de reforma contra el auto, al tiempo que
recordaron decisiones anteriores del mismo juez, más tarde,
anuladas por la Sala de lo Civil y Penal. «No esperábamos otra cosa
de un juez que ha archivado en dos ocasiones la causa», dijeron los
abogados de las acusaciones particulares.
En el auto, el juez también analiza el inciso «por ahora»,
empleado por los magistrados del Supremo para justificar la
decisión de no imputar y Estarás, y señala que ese modo adverbial
«se utiliza corrientemente por el Tribunal Supremo y no quiere
decir otra cosa que, como es obvio, si aparecieran en el futuro
nuevas y distintas razones para la incriminación, se habría de
elevar nuevamente la oportuna exposición razonada». Añade que las
acusaciones particulares han insistido en que 72 de las 73 personas
que fueron inscritas votaron por la Agrupación Popular
Independiente de Formentera (apoyada por el PP) y el otro voto fue
nulo, cuando, «según la Junta Electoral de las Islas Baleares,
aparece que en Formentera votaron 90 personas inscritas en el CERA,
de las cuales, 81 lo hicieron a favor de la Agrupación Popular, 7 a
favor de la Coalición Progresista y 2 en blanco». Según el juez,
que encabezó una comisión judicial que interrogó a testigos en
Argentina y Uruguay, de esa iniciativa «no pueden extraerse ningún
indicio de la comisión de delito alguno por parte de los
imputados». Y añade: «En consecuencia, y desaparecida la única
razón que legalmente confería a este Tribunal Superior el
conocimiento de ella, renace en su plenitud la competencia del
Juzgado de Instrucción de origen para continuar la tramitación del
procedimiento». Contra el auto cabe presentar un recurso de reforma
y subsidiario de apelación en el plazo de tres días, o directamente
recurso de apelación en el plazo de cinco días.
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