La Demarcación de Eivissa y Formentera del Colegio Oficial de
Arquitectos alerta, en su escrito de alegaciones al Plan
Territorial Insular (PTI), del escaso control de la indisciplina
urbanística por parte de los ayuntamientos y, por ello, reclama un
proceso más exhaustivo a la hora de determinar qué viviendas
existentes son legales o no.
Los arquitectos, «atendiendo a la práctica habitual de
indisciplina urbanística en suelo rústico y a la falta de rigor de
algunos servicios técnicos municipales», recomiendan una profunda
revisión del artículo del PTI que especifica que todas las
viviendas construidas con autorización antes de 1956, fecha en la
que entró en vigor la Ley del Suelo, pueden considerarse legales
sólo con la presentación de un certificado municipal que acredite
que figura en el catastro o en otro registro o documento
público.
Este colectivo apunta en sus alegaciones que «debería quedar
garantizado que la vivienda existente hubiera sido legalmente
autorizada» y que, por tanto, disponga de proyecto redactado por
técnico competente y visado por el correspondiente colegio
profesional. De la misma manera, alerta de la necesidad de
constatar que la autorización se refiera a la totalidad de la
vivienda, «exigiendo de esta forma que sean previamente legalizadas
las innumerables ampliaciones realizadas».
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