El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa «Agrupación seis S.L.» a la Administración General del Estado, que condenó a la sociedad a pagar una multa de 36.060 euros, así como los gastos procesales del caso, por retomar obras en los cimientos de un edificio de locales y viviendas sin autorización.

Los hechos ocurrieron en 1997 cuando la empresa realizó una serie de obras en una zona de dominio público marítimo terrestre en un tramo de Punta Pinet, en Sant Josep de Sa Talaia (Ibiza) violando así.

La empresa recurrió al considerar que en la fecha en la que se levantó el acta de inspección estaba amparados por una licencia municipal concedida en el 83, por lo que solicitó la reducción de la multa a 461.670 pesetas.