Finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Balears ha decidido
archivar la causa en la que estaba imputado el diputado autonómico
del PP y ex alcalde de Sant Antoni, Antoni Marí Tur, por la
concesión de una licencia a la obra ilegal de sa Rota d'es Puig de
la que él era aparejador. Según el auto emitido el pasado lunes, 17
de mayo, el caso queda sobreseído y quedan exentos de
responsabilidad los imputados Marí Tur, el aparejador municipal, el
promotor y el arquitecto de dicha vivienda al no haberse encontrado
indicios de delito contra la ordenación del territorio. Todas las
partes, salvo la acusación popular, solicitaron el archivo de las
actuaciones; el Ministerio Fiscal presentó un escrito en el que «no
se opone al sobreseimiento».
En el auto se pone de manifiesto que el aforado Antoni Marí Tur
no tomó parte en la comisión de gobierno del 26 de junio de 1999
que decidió conceder la licencia de obra a esta edificación y por
ello no «intervino por razón de su cargo». Asimismo, hace constar
que Marí Tur disponía desde 1995 de un informe del Consell que
sostenía que no existe «en la Constitución Española, ni en nuestro
ordenamiento legal vigente precepto alguno que establezca la
incompatibilidad entre el desempeño del cargo de concejal y el
ejercicio libre de la profesión de arquitecto». Con estos
razonamientos jurídicos y destacando como muy significativo que el
Ministerio Fiscal retirara su inicial pretensión de que
compareciesen como imputados los miembros de la comisión de
gobierno que concedieron la licencia investigada, el auto niega la
existencia de indicios de un delito contra la Administración
Pública como se barajaba en principio respecto a la posibilidad de
que Antoni Marí Tur como aparejador del proyecto estuviera
realizando una actividad prohibida a autoridades y funcionarios
públicos. En referencia al aparejador municipal, se detalla que «si
bien informó favorablemente el proyecto técnico de la vivienda no
consta que conociera de su injusticia y no tomó parte en la
concesión de la licencia por lo que tampoco incurrió en delito».
Asimismo, señala, «no existen indicios de que el promotor de la
obra y el arquitecto puedan haber cometido delito contra la
ordenación del territorio pues las obras realizadas al amparo de la
primitiva licencia son legalizables».
Por otra parte, el auto deniega la ampliación del informe
pericial realizado por el arquitecto designado judicialmente que
solicitaba Joan Marí Serra (portavoz del Pacte en Sant Antoni) como
acusación popular. Según resuelve el magistrado instructor, la
causa fundamental de negarse a esta ampliación es el hecho de que
«las cuestiones suscitadas en ésta se revelan como no
trascendentes.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
De momento no hay comentarios.