Este organismo, que vela por la actuación de las entidades
públicas y privadas a este respecto, remarca que los centros de
acogida para menores «no ofrecen las atenciones que necesitan los
menores con necesidades especiales (menores con discapacidades,
toxicomanías, problemas graves de conducta y otros)». La Oficina
dice incluso que en la comunidad de Balears «existe una carencia de
recursos de protección para atender a estos menores». La ODDM
asegura que es necesario generalizar en los centros educativos
«programas de interculturalidad, de educación para la paz, la
coorperación y el desarrollo de los niños y las niñas», un aspecto
en el que también han detectado carestías.
Otro problema que refleja el organismo es que existe falta de
recursos para menores con discapacidades que necesitan recibir una
atención especializada, en especial actividades para realizar en el
tiempo libre y las vacaciones. Advierte de que se tienen que tomar
las medidas oportunas para que los niños «no sean víctimas de la
discriminación o el castigo de los progenitores», es decir, evitar
que los padres «los utilicen en beneficio propio por motivos de
venganza, odio, creencias, condición y otras». Además, el informe
considera que es necesario extremar al máximo la protección de la
integridad física, psíquica y moral de los menores de edad que
hayan sufrido algún tipo de maltrato o abuso sexual, con el fin de
evitar la «victimización secundaria» que se produce en los procesos
de la jurisdicción penal derivada del funcionamiento de la
Administración de Justicia.
A pesar de que la Oficina del Menor no tiene competencia directa
en lo que a Justicia se refiere, afirma que «se hace necesario un
esfuerzo por parte del Ministerio Fiscal con el fin de remover
todos los obstáculos que pueda haber en la tramitación de un
procedimiento judicial o administrativo en materia de protección de
menores». El objetivo es velar «para que la función jurisdiccional
se ejerza de forma eficaz y de conformidad con las leyes y en los
plazos y términos señalados, ejercitando las acciones, recursos y
actuaciones que correspondan para salvaguardar, además, el interés
superior de los menores en estos procedimientos».
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