La Administración General del Estado también presentó un recurso
contra el acuerdo de Consell de Govern de 15 de febrero de 2002
sobre la aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Naturales
(PORN) de Cala d'Hort, Cap Llentrisca y sa Talàia. También recurrió
el decreto del Consell de Govern de 15 de febrero de 2002 de
declaración del parque natural de la zona. El Estado reivindica,
según ha podido saber este periódico, su competencia sobre las
aguas marítimas, que, a su entender, invade el PORN, que establece,
entre otras cosas, la aprobación de un plan de conservación y
aprovechamiento de la pesca.
El PORN puede impulsar incluso, si se considera conveniente, la
creación de reservas marinas en el ámbito delimitado como área de
conservación. En esta zona se prohíbe la pesca de arrastre, el
palangre y los concursos, mientras que la pesca submarina precisa
de una autorización previa de la administración del parque. La
Conselleria de Medi Ambient, con el PORN en la mano, también tiene
competencia para ordenar el fondeo de embarcaciones, que se prohíbe
en las zonas donde puede producir un impacto más negativo sobre el
fondo marino. Tampoco se permite la construcción de instalaciones
de aqüicultura, escollos artificiales e instalaciones náuticas.
La Conselleria de Medi Ambient informa por carta desde mediados
del mes pasado a las personas afectadas por el parque natural y el
PORN, entre ellas los miembros de la Asociación de Propietarios de
Fincas Rústicas de Cala d'Hort, que también presentaron en su día
el mismo recurso, de la acción emprendida por la Administración
General del Estado por si quieren, tal y como dispone la Ley
reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, puedan
comparecer en la causa en calidad de demandadas.
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