Las estaciones de servicio en carretera y urbanas de Eivissa y
Formentera, al igual que los del resto del Estado, están obligadas
a indicar en sus instalaciones la distancia a la que se encuentran
las gasolineras más próximas aunque sean de la competencia a partir
de 1 de enero de 2001. La obligación de instalar estos indicadores,
conservarlos en buen estado y actualizarlos ya ha entrado en vigor,
según la Ley de Acompañamiento de los presupuestos para 2001, que
se tramita estos días en el Congreso de los Diputados.
Las empresas concesionarias de las gasolineras están comenzando
a enviar los carteles a las gasolineras de Eivissa y Formentera que
deberán colocarlas en breve, ya que, en caso de incumplir esta
nueva norma, los infractores serán sancionados con multas que
oscilan entre las 630.000 y 1.630.000 pesetas. Las petroleras no se
suelen arriesgar a incumplir este tipo de normativa no sólo por la
cantidad de la sanción sino por el daño que puede hacer a su imagen
pública el hecho de ser multadas.
Por el momento las estaciones de servicio de Eivissa sólo
muestran carteles en los que se indica la distancia a la que se
encuentra el surtidor más próximo de la propia compañía, no de la
competencia. Esta señalización era obligatoria desde hace varios
meses, cuando el Gobierno central implantó un paquete de medidas
para abrir a la competencia varios sectores de la actividad
económica, entre ellos las estaciones de servicio, pero no se ha
podido hacer efectiva porque no había sanciones tipificadas para
multar a los infractores.
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