El sindicato USO Pitiüses ha destacado el «importante precedente»
que va a suponer una reciente sentencia del Tribunal Superior de
Justicia de Balears (TSJB), que reconoce el derecho de una
trabajadora temporal a ser fija discontinua en un comercio de
Aldeasa en el aeropuerto de Eivissa, en el que prestaba sus
servicios, a pesar de haber sido contratada a través de una empresa
de trabajo temporal.
La sentencia del TSJB responde al recurso de suplicación
interpuesto por Aldeasa S.A. y la empresa de trabajo temporal
Select contra la sentencia del Juzgado de lo Social Nº1 de Eivissa,
de 24 de febrero de este año. Esta primera sentencia, dictada sobre
demanda interpuesta por la trabajadora contra Aldeasa S.A. y Select
S.A., declaraba a la trabajadora «fija discontinua de la empresa
Aldeasa S.A. con todos los efectos legales inherentes», a la vez
que absolvía a Select S.A. en el mismo caso.
La trabajadora prestaba sus servicios en un duty free del
aeropuerto de Eivissa con contratos de duración determinada a
tiempo parcial por acumulación de tareas. La sentencia dice
claramente que los contratos eventuales con los que la trabajadora
ejerció su actividad en beneficio de Aldeasa durante tres
temporadas anuales ininterrumpidas entre 1997 y 1999 fueron
fraudulentos al no responder a la causa legal de temporalidad en
que se amparaban formalmente.
Por otro lado, el fallo de la sentencia asegura que es la
empresa que recurre a la ETT la que tiene la responsabilidad sobre
el tipo de contrato realizado, y exime a la compañía que realiza el
subcontrato de responsabilidades en este caso.
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