Imagen de archivo del Consell de Formentera.

El informe de las cuentas generales del Consell Insular de Formentera correspondiente al ejercicio 2016 por parte de la Sindicatura de Cuentas de les Illes Balears (SCIB) recopila una serie de incidencias cometidas en la rendición de cuentas referentes a dicho periodo que empañan la gestión de la ejecutiva insular.

Tal y como indica el SCIB en su informe, destaca cómo el Consell Insular incrementó entre los años 2014 y 2016 su gasto computable en un 46,7%, «muy por encima del incremento de gasto legalmente permitido», que según la Sindicatura se sitúa en el 4,7%. Un exceso que supone, según detallan, «un incumplimiento sistemático de la regla de gasto», que podría haberse subsanado mediante un plan económico financiero que el Consell no elaboró.

Según la SCIB, tampoco se tiene constancia de la formulación de un plan económico financiero en el citado ejercicio, pese a tener la obligación de hacerlo. Asimismo, la Sindicatura detalla que el Consell Insular «no ha facilitado todo el apoyo documental relativo al cálculo del periodo medio de pago de acreedores comerciales», con lo cual, «no se ha podido validar si cumple o no el plazo de pago establecido».

La SCIB también detalla la ausencia del procedimiento para la realización del servicio de contratación de suministros tras la compra por parte del Consell de un camión de Bomberos cuyo valor asciende a más de 43.000 euros. Según indican en el informe, el contrato se consideró menor mientras que «la cuantía del suministro supera el importe máximo establecido» para que así se le considere.

En el mismo epígrafe, la SCIB indica a su vez que «no consta el acta de recepción del suministro de una máquina de control de acceso del aparcamiento de la plaza de Europa», cuyo importe asciende a 22.000 euros.

Retrasos

El informe señala que en el ejercicio de 2016 el Consell de Formentera no aprobó su Relación de Puestos de Trabajo (RPT), como obligaba la Ley reguladora de las bases de régimen local. Dicho documento se aprobó en el pleno de diciembre de 2017 y, de nuevo, en noviembre de 2018, tras la petición de anulación en el primero de los casos por parte de la Delegación de Gobierno de Balears.

Entre otros asuntos, la Sindicatura de Cuentas también detalla el sobrecoste de 39.000 euros que tuvo que pagar el Consell Insular en concepto de recargo, tras superar el plazo para efectuar el ingreso de la liquidación de la Seguridad Social correspondiente en junio de 2016.

Tampoco figura, según el documento, ningún expediente de depuración del saldo de deudores en el ejercicio de 2016, cuyo importe ascendería a 2,8 millones de euros.
El texto recoge dos casos de expropiaciones llevadas a cabo por parte del Consell en las que, en ambos casos, los propietarios reclamaron percibir un valor superior al que figuraba inicialmente en el expediente de expropiación.

En el primero, que data del año 2011, el conjunto de los terrenos fueron expropiados por un importe de 180.000 euros. La propiedad, disconforme, solicitó al Jurado Provincial de Expropiaciones la valoración de las parcelas por un precio justo de más de dos millones de euros. El jurado, en diciembre de 2016 resolvió a favor y, tal y como figura en el informe de la Sindicatura, el Consell de Formentera evaluó «como posible el riesgo de que este procedimiento prospere en contra del Consell», estimando además un riesgo económico de condena en costes de 60.000 euros.

El segundo caso es similar y data del año 2013. En este sentido, el dueño del 50% de un terreno expropiado por valor de 40.000 euros reclamó un precio justo de 166.000 euros. De nuevo, un procedimiento que podría prosperar en contra del Consell y cuyos costes de condena ascenderían a 8.000 euros.

Contrataciones

En el Informe de las cuentas del Consell del año 2016 también consta como irregular la contratación de un funcionario de la categoría C1 en una plaza de la categoría A2. En este caso el informe detalla que «debe verificarse que el trabajador percibe la remuneración establecida por el grupo C1, a excepción de un complemento salarial que percibe de acuerdo con la categoría A2». Pese a ello, indica que, según la información obtenida, «el trabajador no cumple los requisitos para ocupar» dicha plaza.