La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJIB ha desestimado un recurso de apelación formulado contra una sentencia relativa al acuerdo plenario del Consell de Eivissa de 14 de junio de 2013, por el que "fueron excluidos los lotes 24 y 26 de la licitación para la adjudicación del contrato de explotación de los servicios de temporada de las playas de Formentera de 2013 a 2020".
Así lo ha explicado el Secretario de la institución, Ángel Navarro, quien además ha destacado que "la Sala ha desestimado el recurso presentado contra una sentencia anterior, la número 370 de 15 de diciembre de 2014, que también daba la razón al Consell".
El Presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo, ponente de la Sentencia, Fiol Gomila, ha considerado que los motivos de la exclusión de los lotes están "fundamentados" ya que la Administración ha podido constatar que el "recurrente no había acreditado su solvencia técnica y su oferta no era la más ventajosa", tal y como ha recordado Navarro.
El Consell ha reiterado que hicieron una licitación correcta de los servicios de playas y ha explicado que la parte apelante deberá asumir los costes procesales.
La sentencia, dictada el 22 de septiembre, es firme.
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