Recepción de un hotel. | Drazen Zigic - Freepik

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 1.500 euros al establecimiento hotelero La Posada El Azufral, en Cantabria, por solicitar la fotocopia del DNI de un huésped como requisito para completar su reserva. El viajero, al negarse a facilitar dicha copia, vio cómo su reserva era cancelada.

Según la resolución de la AEPD, la práctica del establecimiento supone un tratamiento excesivo de datos personales, vulnerando así el principio de minimización de datos recogido en el artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este principio establece que solo pueden recabarse los datos estrictamente necesarios para la finalidad concreta del tratamiento.

El hotel dispone de un proceso voluntario de check-in online, pero exige presencialmente una imagen o fotografía del documento de identidad para permitir la estancia. Sin embargo, la AEPD concluye que esta medida no es pertinente ni necesaria para cumplir con la normativa de registro de viajeros, ya que el documento puede mostrarse sin necesidad de ser fotocopiado o almacenado.

La sanción impuesta se fundamenta en la infracción del artículo 5.1.c) del RGPD, que puede acarrear multas de hasta 20 millones de euros o, en el caso de empresas, el 4 % del volumen de negocio anual.