Un avión de Vueling. | Vueling

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha subrayado este viernes que, por el momento, cobrar por el equipaje de mano no es una práctica ilegal, porque las sanciones del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 aún no son en firme y porque, además, las aerolíneas afectadas tienen la opción de presentar recursos.

"En primer lugar, hay que esperar a que salga la decisión administrativa firme y ver las distintas vías judiciales" que toman las aerolíneas, ha señalado el presidente de la patronal, Javier Gándara, en rueda de prensa, y ha advertido de que las informaciones publicadas este viernes pueden "dar lugar" a que haya pasajeros que acudan a los aeropuertos "pensando que esta práctica es ilegal cuando realmente no es el caso".

Así se ha expresado Gándara en una comparecencia después de que se haya dado a conocer que el Consumo ha impuesto sanciones a Ryanair, Vueling, Volotea y easyJet por un valor total de 150 millones de euros por prácticas que considera "abusivas", tales como cobrar por equipaje de mano, por elección de asiento a acompañantes de personas dependientes o imprimir las tarjetas de embarque.

La patronal, que representa a estas cuatro aerolíneas, ha recalcado que la prohibición de esta práctica puede tener efectos sobre la economía turística española al convertirse en un revulsivo para aquellos turistas que tendrán que pagar "por servicios que no necesitan" a la hora de viajar al país. En este contexto, estiman que entre el 30% y el 40% de los pasajeros viajan sin maleta de mano, solo con el bulto incluido (que debe caber debajo del asiento delantero).

"Corremos el riesgo de que una parte de esos 50 millones de pasajeros dejen de beneficiarse de pagar solo por los servicios indispensables y opten por otros destinos, con el consiguiente impacto en el PIB, el empleo y la conectividad aérea de nuestro país", ha señalado Gándara.

Por tanto, ALA aboga por que España se acoja a lo que dicta la CE, que ya emitió una recomendación para que las aerolíneas unificaran sus políticas de equipaje y subraya que si un país toma medidas así "unilateralmente", puede provocar "una desventaja competitiva y un poco de caos".

Gándara también ha incidido en que la patronal ve estas sanciones como "una injerencia en la libertad de mercado y la normativa europea".

Las sanciones están dirigidas a Ryanair, Vueling, Volotea y easyJet, siendo la primera la que ha recibido una sanción más alta, según ha informado Facua.

El presidente de la patronal ha dicho que "le parece que sí" están implicadas estas cuatro, pero que desconoces cuáles son realmentey deriva a Consumo para esta información que hoy "se ha filtrado" (la noticia ha sido adelantada por Cadena Ser).

Facilitan el acompañamiento de personas dependientes

El tema sobre el que más ha incidido la patronal con respecto a estas sanciones es el del cobro por equipaje. Así, esgrimen que todas las compañías permiten viajar con equipaje de mano, es decir, un bulto pequeño que pueda ser colocado debajo del asiento delantero.

No obstante, sí que aplican tarifas para poder viajar con una maleta más grande ('trolley' de cabina). Esto es así porque, según estiman, entre el 30% y el 40% de los pasajeros (unos 50 millones) pueden volar sin portar este tipo de equipaje y, por tanto, no necesitan pagar por ello.

En cuanto al cobro de elección de asientos contiguos para los acompañantes de menores y personas dependientes, Gándara ha explicado que todas las compañías aéreas tienen establecido en su algoritmo que siempre que viaje alguien de este colectivo pueda sentarse junto a su acompañante.

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"Es cierto que a veces, porque a lo mejor cuando se hace la reserva ya está casi todo el avión asignado, lo que suele pasar es que una vez a bordo las preparaciones de cabina se encargan de pedir a los pasajeros de los asientos de al rededor que se muevan", ha dicho el presidente de la patronal, quien afirma que las compañías se aseguran de que estas personas siempre viajen al lado de quienes van con ellos.

Por su parte, ha señalado que "todo lo que pueden hacer" para con Consumo es ver "cómo se puede hacer esta operativa de forma más transparente", pero que "desde luego" están dispuestos a hacerlo y se ponen a disposición del Ministerio para "que todo esto se entienda y se conozca mejor de forma que no parezca que se está haciendo una práctica que en realidad no".

Las aerolíneas pueden recurrir

ALA ha explicado que una vez que se notifique la sanción en firme las aerolíneas tendrán aproximadamente un mes presentar recurso de alzada ante el Ministerio, un procedimiento que tendrá una duración de unos tres meses, y, tras esto, presentar recurso ante la Audiencia Nacional, algo que cada una de estas deberá hacer de manera individual.

El pasado octubre, el pleno del Parlamento Europeo pidió normas uniformes y coherentes que unifiquen los precios que una aerolínea puede cobrar por las maletas de mano, así como las dimensiones que estas deben tener, para evitar la creación de tarifas ocultas y las dificultades a la hora de comparar precios.

El texto adoptado destacaba la preocupación de los ciudadanos por las molestias que causan las normas heterogéneas sobre el equipaje de mano de las aerolíneas y considera que debe revisarse la legislación de la UE sobre los derechos de los pasajeros para ofrecer una solución.

Los eurodiputados subrayaron que la incoherencia de normas y precios del equipaje de mano de las aerolíneas genera problemas a los viajeros y lastra la comparativa de precios entre las diferentes opciones, por lo que piden normas comunes a escala de la UE.

No obstante, la resolución, procedente de la comisión de Peticiones de la Eurocámara, no es legalmente vinculante, mientras que la Comisión Europea, por su lado, ha iniciado ya una consulta para revisar el Reglamento de Servicios Aéreos.

También se pronunció al respecto el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que en su sentencia de 2014 ya dictaminó que las compañías no deberían cobrar un suplemento por equipaje de mano, siempre que este cumpla "requisitos razonables en términos de peso y dimensiones, y cumpla con los requisitos de seguridad aplicables".

Sanciones por ser "opacas"

Las sanciones de Consumo están basadas en la tarificación extra por la reserva de asiento contiguo para acompañar a menores o dependientes, cobrar por el transporte de equipaje de mano, ser "opacas" en la información precontractual sobre el precio del servicio, la prohibición de pago en metálico y por cobrar un suplemento de 20 euros por reimpresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, según ha informado OCU.

Desde Facua explican además de que la mayor sanción ha ido para Ryanair, primera de estas compañías que comenzó a cobrar por el equipaje de mano en noviembre de 2018. Tras ella se sitúan Vueling y "a mucha mayor distancia" easyJet y Volotea.

Se trata de las primeras multas impuestas por la autoridad de Consumo del Gobierno de España desde que asumió la potestad sancionadora en mayo de 2022 tras la modificación de la ley general para la defensa de los consumidores.

Además, las sanciones "son también las más altas que ha aplicado en la historia una autoridad" de protección de los consumidores, según recalca Facua, que incide en que la impuesta a Ryanair "multiplica por mucho" las mayores sanciones.

Consumo abrió expediente en junio de 2023 para investigar si estas prácticas eran abusivas o desleales y si contravenían la normativa de consumo.